Muy bien Napolitano, ya te estas avivando y razonando como hombre de derecho y no un termo fanatizado.
Uno escucha a algunos constitucionalistas definir que es necesidad o urgencia y lo hacen en el sentido literal de la palabra, si ello hubiera sido asi, los DNU de Menem, De la Rua, Duhalde, Kirchner, Cristina, Macri o Fernandez serian todos nulos.
Yo estoy convencido (y obviamente es solo mi opinion personal) que si esta acreditada la urgencia y justificaria el dictado de los DNU.
Por ejemplo diputados tuvo solo 4 sesiones en el año y el senado solo 2, hace 4 años que ni se dignan en tratar ley de alquileres, sumado que la Nacion esta casi en hiper inflacion, quebrado y sin credito externo.
Para mi lo que lo hace nulo un DNU no es que no este acreditada la urgencia sino las materias que pretende legislar.
Y aca MIlei respeta las prohibiciones que taxativamente enumera la Constitucion (legislar en materia penal, electoral o suba de impuestos).
Cristina y Lousteau si sacaron un DNU absolutamente inconstitucional como fue subir las retenciones por decreto como lo fue la resolucion 125 y de milagro no hubo una guerra civil.
Ycon respecto a lo que decis sobre la reforma laboral, no es asi.
Existe el principio de irretroactividad de las leyes.
Los efectos de este decreto son de aca para adelante.
El que tiene antiguedad no la va a perder, lo que vos denuncias es lo llamado "fraude laboral" y es facil de acreditar para cualquier juez laboral que precisamente no son liberales, todo lo contrario.
Y por ultimo esta perfecto la eliminacion de las multas ley 24013 y subsiguientes (son el doble de la inmenizacion normal si el trabajador estaba en negro)
Es sentido comun, en un pais donde el 50% de su economia funciona en negro, y el sistema politico y economico que defende, provoca cada vez mas pobreza y marginalidad economica, es absurdo multar y destrozar a la mitad economica del pais.
Vos podes decir lo que quieras, pero si tenes un kiosco o un negocio o lo que sea, y tenes la mala leche que elegis mal un empleado o te afana o te falta si te hace juicio y aplica esas multas directamente tenes que cerrar el negocio.
napolitano escribió: ↑
la necesidad y urgencia queda a criterio del presidente considerarla
y la corte suprema nada dira, porque el organo q debe confirmarlo es el legislativo.
la justicia resolvera luego amparos individuales, para lo cual puede tomarse años resolver
no habra per saltum
y el 29/12 entra en vigencia
es legal, nos guste o no