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Re: Actualidad y política
Publicado: Lun Ago 24, 2015 2:31 pm
por ElGranDiego
Antiespecista escribió:Querido Don Diego, la compra de dolar blue, se rige por el Régimen Penal Cambiario (Ley 19.359 y 22.338), que sanciona a las personas que hagan “toda negociación de cambio sin intervención de institución autorizada para efectuar dichas operaciones” y quienes operen “sin estar autorizado a tal efecto”. Si vendés o incluso
si comprás, podés ir preso.
ARTICULO 1º — Serán reprimidas con las sanciones que se establecen en la presente ley:
a) Toda negociación de cambio que se realice sin intervención de institución autorizada para efectuar dichas operaciones;
b) Operar en cambios sin estar autorizado a tal efecto;
c) Toda falsa declaración relacionada con las operaciones de cambio;
d) La omisión de rectificar las declaraciones producidas y de efectuar los reajustes correspondientes si las operaciones reales resultasen distintas de las denunciadas;
e) Toda operación de cambio que no se realice por la cantidad, moneda o al tipo de cotización, en los plazos y demás condiciones establecidos por las normas en vigor;
f) Todo acto u omisión que infrinja las normas sobre el régimen de cambios.
http://infoleg.mecon.gov.ar/infolegInte ... texact.htm
La norma, que Ud. cita refiere a quien realiza la operación de manera profesional- es decir con habitualidad y con fin de lucro - quien solamente compra o vende un cosa que no se encuentra prohibida - no puede comete ningún ilícito, porque no hay fin de lucro, podrá advertir que la norma que cita en el inc. b) refiere a "Operar en cambios", cuando la norma utiliza el verbo operar en plural, refiere a una continuidad en el tiempo y multiplicidad de operaciones, circunstancia a la que no me referí en mi comentario, yo indique que las partes pueden fijar el precio del dolar libremente, ello a los fines de mantener el sinalagma contractual.-
Le voy a dar un ejemplo, si yo quiero vender mi casa - notese que estoy utilizando el contrato de compraventa - el precio lo tengo que fijar en dinero, por la nueva redacción del art. 765 del CCCN si yo quiero, estimo, que el precio de mi vivienda es de U$S100.000 - ello con el fin de determinar un valor constante en el tiempo - a los fines de celebrar el contrato de compraventa, puedo celebrar el mismo en la suma de $1.580.000; y porque lo puedo hacer por que el art. 765 del CCCn es derecho disponible y puedo fijar el valor del dolar por ejemplo por la cotización que tenga la divisa contra el pesos por un mercado diferente que el de buenos aires, ejemplo Montevideo, o el mercado blue - mercado entre privados .-
Por ultimo no olvide que la C.N. reconoce el derecho de disponer del patrimonio libremente por mucho que le pese art. 14 y 16.-
Re: Actualidad y política
Publicado: Lun Ago 24, 2015 2:31 pm
por ElGranDiego
Antiespecista escribió:Querido Don Diego, la compra de dolar blue, se rige por el Régimen Penal Cambiario (Ley 19.359 y 22.338), que sanciona a las personas que hagan “toda negociación de cambio sin intervención de institución autorizada para efectuar dichas operaciones” y quienes operen “sin estar autorizado a tal efecto”. Si vendés o incluso
si comprás, podés ir preso.
ARTICULO 1º — Serán reprimidas con las sanciones que se establecen en la presente ley:
a) Toda negociación de cambio que se realice sin intervención de institución autorizada para efectuar dichas operaciones;
b) Operar en cambios sin estar autorizado a tal efecto;
c) Toda falsa declaración relacionada con las operaciones de cambio;
d) La omisión de rectificar las declaraciones producidas y de efectuar los reajustes correspondientes si las operaciones reales resultasen distintas de las denunciadas;
e) Toda operación de cambio que no se realice por la cantidad, moneda o al tipo de cotización, en los plazos y demás condiciones establecidos por las normas en vigor;
f) Todo acto u omisión que infrinja las normas sobre el régimen de cambios.
http://infoleg.mecon.gov.ar/infolegInte ... texact.htm
La norma, que Ud. cita refiere a quien realiza la operación de manera profesional- es decir con habitualidad y con fin de lucro - quien solamente compra o vende un cosa que no se encuentra prohibida - no puede comete ningún ilícito, porque no hay fin de lucro, podrá advertir que la norma que cita en el inc. b) refiere a "Operar en cambios", cuando la norma utiliza el verbo operar en plural, refiere a una continuidad en el tiempo y multiplicidad de operaciones, circunstancia a la que no me referí en mi comentario, yo indique que las partes pueden fijar el precio del dolar libremente, ello a los fines de mantener el sinalagma contractual.-
Le voy a dar un ejemplo, si yo quiero vender mi casa - notese que estoy utilizando el contrato de compraventa - el precio lo tengo que fijar en dinero, por la nueva redacción del art. 765 del CCCN si yo quiero, estimo, que el precio de mi vivienda es de U$S100.000 - ello con el fin de determinar un valor constante en el tiempo - a los fines de celebrar el contrato de compraventa, puedo celebrar el mismo en la suma de $1.580.000; y porque lo puedo hacer por que el art. 765 del CCCn es derecho disponible y puedo fijar el valor del dolar por ejemplo por la cotización que tenga la divisa contra el pesos por un mercado diferente que el de buenos aires, ejemplo Montevideo, o el mercado blue - mercado entre privados .-
Por ultimo no olvide que la C.N. reconoce el derecho de disponer del patrimonio libremente por mucho que le pese art. 14 y 16.-
BAJA DE ACCIONES EN EL MUNDO
Publicado: Lun Ago 24, 2015 2:13 pm
por .coloso2
Se separaron Rial y Kämpfer 
ENDEMIENTRAS EN TUCUMAN ........................
Publicado: Lun Ago 24, 2015 2:12 pm
por -Dow Jones-
Re: Actualidad y política
Publicado: Lun Ago 24, 2015 2:11 pm
por Antiespecista
Querido Don Diego, la compra de dolar blue, se rige por el Régimen Penal Cambiario (Ley 19.359 y 22.338), que sanciona a las personas que hagan “toda negociación de cambio sin intervención de institución autorizada para efectuar dichas operaciones” y quienes operen “sin estar autorizado a tal efecto”. Si vendés o incluso
si comprás, podés ir preso.
ARTICULO 1º — Serán reprimidas con las sanciones que se establecen en la presente ley:
a) Toda negociación de cambio que se realice sin intervención de institución autorizada para efectuar dichas operaciones;
b) Operar en cambios sin estar autorizado a tal efecto;
c) Toda falsa declaración relacionada con las operaciones de cambio;
d) La omisión de rectificar las declaraciones producidas y de efectuar los reajustes correspondientes si las operaciones reales resultasen distintas de las denunciadas;
e) Toda operación de cambio que no se realice por la cantidad, moneda o al tipo de cotización, en los plazos y demás condiciones establecidos por las normas en vigor;
f) Todo acto u omisión que infrinja las normas sobre el régimen de cambios.
http://infoleg.mecon.gov.ar/infolegInte ... texact.htm
Re: Actualidad y política
Publicado: Lun Ago 24, 2015 2:01 pm
por ElGranDiego
Antiespecista escribió:estimado don diego, la compra de dólares se rige por normas de derecho público que prohíben comprarlo en el mercado extraoficial; no por el ccyc. Además yo me banqué la dictadura. Tenía un año
DNU 260/02, art. 2 ratificado por la ley 25.561 leer no cuesta nada.-
"..las operaciones de cambio en divisas extranjeras serán realizadas al tipo de cambio que sea libremente pactado ..."
Por eso la corte convalido el CCL, porque la norma inferior no puede restringir ni alterar espirito de normas superior, vos podes pactar el precio del billete, lo que no te deja hacer el BCRA es operar en le mercado, pero lo que no te puede prohibir una resolución es fijar entre privados el precio de una cosa, cual es la definición legal del dolar en nuestro derecho.-
Re: Actualidad y política
Publicado: Lun Ago 24, 2015 2:00 pm
por Antiespecista
este desplome generalizado demuestra que existe una conspiración entre USA, China Europay la CIA que entre todos inventaron los cacerolazos
Re: Actualidad y política
Publicado: Lun Ago 24, 2015 1:59 pm
por Tierra arrasada
JAQUE MATE escribió:15,85.....15,90

Antiespecista escribió: señor deje de publicar el dólar ilicito. Es como si publicara el precio de la efedrina que vende el morsa
ElGranDiego escribió:
Que norma es la que dice que comprar y vender dolares es un ilícito?
Ademas para que sepas - Código Civil y Comercial de la Nación art. 765 - permite contratación en dolares, ergo las parte le puede asignar el precio que crea adecuado para mantener el sinalagma contractual, ejemplo de ello es el mercado de compraventa de bonos en dolares, el cual la CSJN dijo que es legal.-
El precio del Blue es un precio legal en un mercado libre, a los fines de poder establecer el adecuado sinalagma contractual.-
Antiespecista es un bicho raro.....tene mucho cuidado Gran Diego

Re: Actualidad y política
Publicado: Lun Ago 24, 2015 1:54 pm
por Antiespecista
estimado don diego, la compra de dólares se rige por normas de derecho público que prohíben comprarlo en el mercado extraoficial; no por el ccyc. Además yo me banqué la dictadura. Tenía un año
Re: Actualidad y política
Publicado: Lun Ago 24, 2015 1:51 pm
por Antiespecista
la culpa del desplome de las bolsas la tiene Tevez
Re: Actualidad y política
Publicado: Lun Ago 24, 2015 1:48 pm
por ElGranDiego
JAQUE MATE escribió:15,85.....15,90

Antiespecista escribió: señor deje de publicar el dólar ilicito. Es como si publicara el precio de la efedrina que vende el morsa
Que norma es la que dice que comprar y vender dolares es un ilícito?
Ademas para que sepas - Código Civil y Comercial de la Nación art. 765 - permite contratación en dolares, ergo las parte le puede asignar el precio que crea adecuado para mantener el sinalagma contractual, ejemplo de ello es el mercado de compraventa de bonos en dolares, el cual la CSJN dijo que es legal.-
El precio del Blue es un precio legal en un mercado libre, a los fines de poder establecer el adecuado sinalagma contractual.-
Re: Actualidad y política
Publicado: Lun Ago 24, 2015 1:43 pm
por fabio
Y tiene razón si vale 15,80
Re: Actualidad y política
Publicado: Lun Ago 24, 2015 1:34 pm
por Keith Richards
Re: Actualidad y política
Publicado: Lun Ago 24, 2015 1:26 pm
por Tierra arrasada
JAQUE MATE escribió:15,85.....15,90

Antiespecista escribió:
señor deje de publicar el dólar ilicito. Es como si publicara el precio de la efedrina que vende el morsa
Sr es "la nada misma"

CUIDADO TE PISA
Publicado: Lun Ago 24, 2015 1:17 pm
por OCULINO
CUIDADOOOOO