A continuación les pego el texto de la nota en la cual se destaca precisamente el tratamiento del artículo 3° del Estatuto el cual fué modificado y necesitó a tal efecto convocar a asamblea extraordinaria.
A continuación, se consideró el décimo tercer punto del Orden del Día, en virtud del cual la Asamblea revistió el carácter de extraordinaria: “13) Reforma del artículo 3° del Estatuto Social”. En uso de la palabra el Sr. Pires Bernardo propuso reformar el artículo 3° del Estatuto Social sobre el objeto social, para que se incluya dentro de las actividades de administración, la posibilidad de prestar servicios de logística y/o arrendamiento, solicitándole al Dr. Fortunati la lectura del texto de dicho artículo reformado, de ser aprobada la modificación propuesta, conforme lo siguiente: “Artículo 3°: La sociedad podrá desarrollar por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, inclusive integrando agrupaciones de colaboración o uniones transitorias, ya sea en el país o en el extranjero las siguientes actividades: ACTIVIDADES LÚDICAS: Todas las actividades relativas a la automatización, captación, y procesamiento de datos y transacciones mediante terminales en línea y/o fuera de línea, fabricación de terminales de juegos y sus accesorios, publicidad, diseño y desarrollo, comercialización, comunicación, difusión, desarrollo de contenidos, acciones de marketing y administración de juegos de azar, distribución de poceados o no y/o apuestas hípicas y/o apuestas deportivas y/o apuestas sobre eventos. INFORMÁTICA: Fabricación, comercialización, importación y/o exportación de equipos y/o componentes y/o sistemas de procesamiento de la información y sistemas de captura y/o validación electrónica de datos y/o transacciones o vinculados a ellos. Desarrollo, provisión, operación y explotación de plataformas digitales y otras (omnicanal) para ofertas lúdicas o no, procedimientos de lectura, clasificación, procesamiento de datos y/o transacciones y/o fabricación y/o suministro de equipos y/o componentes y/o máquinas de procesamiento de información, procesamiento y teleprocesamiento de la misma, elaboración y/o suministro de programas relacionados con sus actividades lúdicas. Control de procesos, integración con otros sistemas de gestión, consultoría y asesoramiento general. Desarrollo y/o provisión de softwares de captura para el cobro de impuestos y otros servicios de terceros. Provisión de servicios de centros de contacto y atención al cliente y mesa de ayudas, para recepción, registro y seguimiento de reclamos e incidentes. COMUNICACIONES: Transporte de información por cable aéreo o de otros tipos, a través de fibras ópticas, radio enlaces o antenas satelitales, utilizando cualquier otro tipo de ondas o medios portadores aptos para tal fin, actuando como prestadora de servicios en el área de telecomunicaciones; pudiendo fabricar, instalar, comprar, vender, importar y exportar elementos para telecomunicaciones, sus repuestos, componentes y accesorios, e inclusive ejercer las comisiones, representaciones y mandatos necesarios para la realización de las actividades enumeradas, siempre con las limitaciones y en las condiciones que especifiquen las leyes y reglamentaciones vigentes, quedando expresamente aclarado que se exceptúa del objeto la prestación de toda actividad referida a la radioteledifusión comercial. ADMINISTRACIÓN: Servicios de administración y/o logística y/o arrendamiento y/o marketing y/o gerenciamiento y/o fiscalización y/o control, para sí y para terceros en cualquiera de las actividades vinculadas.” Sometida a votación, la propuesta fue aprobada por unanimidad de votos presentes.
