Aleo84 escribió:no es para ser agresivo ni mucho menos, simplemente es para aclarar un tema que por ahi los inversores le huyen al activo por un tema impositivo que en realidad no es asi. Saludos!!!
Los dos están bien en lo que dicen, porque hablan de títulos distintos.
Aleo84 habla de comprar VALE a través de CEDEAR, y tal cual como dice, está exento por el art. 20 inc. (w), porque cotiza en mercados autorizados por CNV.
Creo que
Resero, en cambio, habla de si comprás directamente la acción de VALE en BOVESPA (o el ADR), que en ese caso sí tributa Ganancias, porque no cotiza en mercado autorizado por CNV (ahí hay una discusión sobre si el mercado debe ser autorizado por CNV o puede ser cualquier mercado público, pero la postura de AFIP fue siempre la de "mercado autorizado por CNV")