Títulos Públicos

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dop
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor dop » Jue Ene 03, 2019 3:30 pm

Hola, me estuve fijando en el DICA y me la pusieron doble, el 02/01/2018 pagaron el cupón del 31/12/2017 y me la repusieron por segunda vez el 02/07/2018 el cupón correspondiente al 30/06/2018 y lo mismo pasa con el AC17, y el DICY. o sea que con esos bonos van a ir cruzado.

PERZEN
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor PERZEN » Jue Ene 03, 2019 3:29 pm

AKD escribió:?

Los 2, tengo Dicy: 30/6 y 31/12.

Eso me dijo mi Contador.

CORRE FECHA DE ACREDITACION... A MI ME FIGURA EL 02 -01-19 CNV

AKD
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor AKD » Jue Ene 03, 2019 3:21 pm

PERZEN escribió:Te entro solo un cupon para el 2018 :mrgreen:

?

Los 2, tengo Dicy: 30/6 y 31/12.

Eso me dijo mi Contador.

EJS
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor EJS » Jue Ene 03, 2019 3:21 pm

Fredo16 escribió:No, no. Son dos MNI diferentes, si bien el importe es el mismo. Tenés un MNI de ese monto específicamente para el impuesto cedular....

Igual es todo un desastre esto....

gracias , una buena

PERZEN
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor PERZEN » Jue Ene 03, 2019 3:20 pm

PERZEN escribió:Te entro solo un cupon para el 2018 :mrgreen:

Y EL ULTIMO DEL 2017 CUANDO TE ENTRO... ES UN DESCAJETE ESTO :115:

PERZEN
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor PERZEN » Jue Ene 03, 2019 3:18 pm

AKD escribió:2018, percibido.

Te entro solo un cupon para el 2018 :mrgreen:

AKD
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor AKD » Jue Ene 03, 2019 3:08 pm

dop escribió:Consulta, con los cupones del DICA acreditado en la caja de ahorros con fecha 02/01/2019 y el AC17 con fecha 03/01/2019 en que declaración de ganancia hay que colocarla 2018 o 2019, porque en bienes personales al 31/12/2018 en la caja de ahorro no figurara en el saldo de la cuenta.
Salu2

2018, percibido.

dop
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor dop » Jue Ene 03, 2019 2:59 pm

Consulta, con los cupones del DICA acreditado en la caja de ahorros con fecha 02/01/2019 y el AC17 con fecha 03/01/2019 en que declaración de ganancia hay que colocarla 2018 o 2019, porque en bienes personales al 31/12/2018 en la caja de ahorro no figurara en el saldo de la cuenta.
Salu2

Fredo16
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor Fredo16 » Jue Ene 03, 2019 2:56 pm

EJS escribió:Seguramente bajo el rubro OTRAS RETENCIONES o DEDUCCIONES ESPECIALES te dejaran declarar lo que pagamos como impuesto a la renta financiera para poder así justificar nuestro patrimonio real

Ahora se me creo una duda mas ( entre tantas) , yo estoy trabajando bajo relación de dependencia y mi empleador me envió un preliminar del IG (F649 codigo 221 )donde veo

Ganancia no imponible........$66.917.91

es decir ya me aplico como todos los años el MNI a mis retenciones de ganancias de 4ta categoría , sera que NO lo puedo deducirlo del IRF porque lo estaría aplicando dos veces

No, no. Son dos MNI diferentes, si bien el importe es el mismo. Tenés un MNI de ese monto específicamente para el impuesto cedular....

Igual es todo un desastre esto....

$Rodri$
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor $Rodri$ » Jue Ene 03, 2019 2:54 pm

El Banco Central de la República Argentina efectuó en el día de la fecha una subasta Letras de Liquidez a 7 días de plazo.
El monto adjudicado fue de $VN 151.371 millones, a una tasa máxima adjudicada de 59,60%.
La tasa promedio de corte se ubicó en 59,435%, siendo la tasa mínima adjudicada de 58,50%

Fredo16
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor Fredo16 » Jue Ene 03, 2019 2:50 pm

Talos00 escribió:Estimados, en RF dicen que "se podrá optar por afectar los intereses o rendimientos del período fiscal 2018 al costo computable del título u obligación que los generó, en cuyo caso el mencionado costo deberá disminuirse en el importe del interés o rendimiento afectado". Esto significa diferir el impuesto, pero si al momento de venta del título (digamos 2019), la cotización del bono menos el costo menos el rendimiento 2018, me da pérdida en dólares y ganancia en pesos superando el MNI, tendré que pagar RF por el ejercicio 2019 o no? Qué opinan?

El cálculo lo haces en USD y luego convertís a ARS. Si tenés perdida es USD, es pérdida, lo que te da "positivo es ARS" es diferencia de cambio (no alcanzada por impuesto para personas físicas)

dop
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor dop » Jue Ene 03, 2019 2:46 pm

daniolimpo escribió:Estimados, alguno ya cobró el cupón del DICY? Me pagaron ya los del DICA ayer, pero DICY no aparece, ni siquiera en el PUC (eso es lo que más me extraña... no es el Banco el que me lo está durmiendo)
A alguien le pasó lo mismo?

Hola, tranquilo mañana o el lunes lo cobras, se demora unos días mas por que son ley NY, el año pasado lo pagaron el 05/01 fue el cuarto día hábil.
Salu2

pik
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor pik » Jue Ene 03, 2019 2:42 pm

Nicklaus escribió:Además, si no es así, varios van a ser los que compraron / canjearon en su oportunidad hasta por ejemplo un DICA bajo la par, por lo que, salvo en el 2018 porque está expresamente establecido la posibilidad de deducir las rentas del costo, va a tener que pagar por tener un bono suscripto bajo la par.

De locos.

Pero para el díca, eso lo pagarías en más de 10 años, lo vas pagando con los intereses. No es una mal opción.
Yo estoy viendo que algunos díca si le aplicó eso me quedan bajo la par, tengo que ver cómo es el MNI si es por bonos y otro para Pedido lebacs y el resto de las cosas para ver si conviene hacerlo o no, ya que tal vez te convenga no hacerlo para aprovechar el mni o una parte de el.
No es facil

EJS
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor EJS » Jue Ene 03, 2019 2:38 pm

Fredo16 escribió:Exacto, sólo queda esperar. No obstante suponiendo que el impuesto cedular se hace por separado, en la declaración "general" de Ganancias hay que reflejarlo ya que como sabemos impacta en el Patrimonio. El tema será cómo "adaptan" los aplicativos para que quede correctamente reflejado (porque si para "determinar" el impuesto se hace por separado, pero esas rentas en el esquema general se cargan como "no computables" para no generar doblemente un impuesto....en definitiva no quedará bien reflejado en JVP)...

Seguramente bajo el rubro OTRAS RETENCIONES o DEDUCCIONES ESPECIALES te dejaran declarar lo que pagamos como impuesto a la renta financiera para poder así justificar nuestro patrimonio real

Ahora se me creo una duda mas ( entre tantas) , yo estoy trabajando bajo relación de dependencia y mi empleador me envió un preliminar del IG (F649 codigo 221 )donde veo

Ganancia no imponible........$66.917.91

es decir ya me aplico como todos los años el MNI a mis retenciones de ganancias de 4ta categoría , sera que NO lo puedo deducirlo del IRF porque lo estaría aplicando dos veces

Nicklaus
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor Nicklaus » Jue Ene 03, 2019 2:35 pm

Tomalo todo con pinzas, pero supongo que los casos en que no corresponde ingresar el impuesto, no va a existir obligación de inscribirse en el mismo. Ahora por lo de este año entra con todo.

Talos00 escribió:Un contribuyente no alcanzado por el impuesto a las ganancias que compró un bono D en 2017 y cobró cupón que convertido a pesos supera el MNI, y afecta los intereses 2018 al costo computable del título, debe inscribirse en el impuesto cedular, para declarar una ganancia que no tributará y que diferirá en el tiempo (y tal vez quede debajo del MNI del año subsiguiente), debería mantenerse como NO inscripto en el impuesto a las ganancias del régimen general? ...no se si se entendió la pregunta (la puedo traducir al arameo para hacerla más fácil si quieren). :117:



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