montador escribió:Hablo por experiencia, cuando uno muere, el otro puede retirar el dinero de la cuenta.
lo que pasa es lo siguiente, acortando los procesos de declaratoria de herederos y luego denunciar el bien.(Sucesión).
Si se quiere repartir bien la herencia como corresponde, hay que llegar a denunciar el bien en la sucesión( en este caso bonos/dineros /propiedades). Para Denunciar el bien hay que pagar un porcentaje al estado y abogado. Entonces se necesita de dinero para hacer esto.
He aquí donde comienza el tema impositivo.
Por lo cual si es un matrimonio feliz y todo está en orden, Salen declarados herederos la ESPOSA/O e HIJOS/AS. Todo con la documentación correcta. No es lo mismo estar Casado que concubinato y no es lo mismo ser hijo con papeles que sin papeles ( me refiero que algunas partidas de nacimiento no se denuncia al padre)
Por otro lado viene lo mas complicado.
Bienes Propios y Bienes Gananciales, se reparten diferente.
Bienes Gananciales la Esposa/o se le otorga el 50%+ el otro 50% a hijos/as. Si el /los chicos son menores la madre tiene custodia hasta los 18 años. EJ: matrimonio con 2 dependientes. 50% esposa/o y el resto 25% primer hijo y 25% hijo
Bienes Personales es decir el dinero con el cual uno entro al matrimonio.
es decir que si entrastes al matrimonio con 100, de esos 100 se reparten en partes iguales. Si hay 2 chicos y esposa es 33% a cada uno.
El tema pasa por un futuro, Nunca hay garantías que la esposa/o reparta la herencia correctamente.
a) menores hay que cuidarlos (hay gastos a futuro por parte de los padres/turores)
b) el esposo/la esposa se puede cazar nuevamente perjudicando el futuro de la herencia de los hijos/as.
Entonces en este caso, la esposa/o retira todo el cash de la comitente y no hay forma de que llegue a los hijos.
Los hijos menores nunca saben de la totalidad de la herencia. Para que eso suceda la parte parental que queda debe notificar al abogado que hubo un Bien en la Comitente.
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He aquí donde comienza el tema impositivo
lo que hay que ver es la situacion impositiva del difunto, en el caso que no declaraba su tenencia, mas alla de lo que corresponde, lo que hay que hacer es liquidar y transferir a la cuenta del vivo, y que la vengan a buscar, tanto afip como arba. Si hubiera herederos y uno no quiere chorear lo ajeno, en todo caso lo habla con ellos para que reciban su parte de manera privada sin registrar nada (que te firmen un recibo), en este caso tambien hay que ver la situacion impositiva previa de ellos y lo mejor es que no sean dolobus y lo reciban en grone si pueden hacerlo claro esta.
ahora si el muerto declaraba todo, ahí viene el problema, primero ver si la tarasca impide dejar de declarar o si apenas entraba por poco, en este ultimo caso se aplica lo arriba expuesto, si es una torta se complica...