Fredo16 escribió:Buenas tardes, respecto de este punto que te preguntás (la posibilidad de deducir de la Base Imponible los gastos por las comisiones pagadas). La ley establece que se pueden deducir todos los gastos necesarios para generar, mantener....la fuente generadora de los ingresos. Ahí el punto que solamente se van a poder deducir los gastos vinculados a las operaciones con activos cuyas rentas / resultado venta estén gravados por el I.Gcias. Ejemplo: Se compra un bono soberano de brasil y por la compra te cobran xxx comisión: Esa comisión de compra no se puede deducir de ganancias toda vez que la renta vinculada no está gravada. Ejemplo 2: Compra de ADR : debido a que el resultado compra / venta está gravado (al 15%: NO a la escala general) los gastos de la operación de venta los podés deducir (también los gastos que tuviste al momento de la compra, pero eso normalmente lo "cargás en el precio de compra" por lo que reducis de esa manera el resultado). El tema del ADR está específicamente aclarado que está gravado, y aquí los grises de la ley: Un bono de Petrobras está exento de I.Gcias (ya que se trata de una empresa de mayoría estatal y el Convenio para evitar la doble imposición con Brasil aclara "bonos soberanos y/o de empresas con mayoría estatal") pero el ADR de la misma empresa está gravado... no tiene lógica...
Aclarar que el punto de bonos del Estado Brasilero / empresas estatales o con mayoría estatal brasilera aplica para el ejercicio 2018. Antes de 2018 también estaban exentas las rentas de las empresas privadas brasileras (se modificó con la adenda al Convenio suscripta el año pasado).-
Por otra parte tenés por ejemplo los "gastos de mantenimiento de cuenta": Esos gastos van a ser deducibles en la proporción que correspondan a productos cuyas rentas se encuentren gravadas. Ejemplo: El 30% de tu cartera son bonos soberanos de Brasil (exento I. Gcias) y el 70% lo tenes en Bonos del tesoro EEUU (gravados) vas a poder deucir el 70% de los gastos de la cuenta en función de esa proporción.
Espero te haya servido mi aporte.-
Slds!
Buenisimo entonces, de una que lo iba a hacer, pero necesitaba que otro me lo diga para sentirme más seguro, jaja. Saludos y muchas gracias...