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Re: CAPU Caputo
Publicado: Lun Ago 01, 2016 10:42 am
por kanuwanku
Y tal vez hoy volar eh!!!
CAPU 72 hs. 0,000 0,00
COMPRA VENTA
Nominal Precio Precio Cant.
Nominal Ofe. - COMPRA VENTA
1 388 25,750 28,000 1.000 1
2 1.060 25,700 29,000 1.104 2
1 2.000 25,500 29,700 350 1
1 485 24,700 30,000 1.153 2
1 1.500 24,000 30,800 2.346 1
Re: CAPU Caputo
Publicado: Lun Ago 01, 2016 10:39 am
por alejdom
dabalanso escribió:Yo me inclinaría por la primera de las posibilidades que tiras...

Date una vueltita por esta pagina
http://www.eldestapeweb.com/macri-y-cap ... -ley-n9937

Me reia como un tarado ayer, todo bien Capu y tambien el agente noname.

Re: CAPU Caputo
Publicado: Lun Ago 01, 2016 10:17 am
por dabalanso
ben bernanke escribió:De nada , te aclaro : aparece el numero de agente pero no la cuenta comitente . Aca notamos que el mismo agente vende y vende hace como 10 dias y de a mucha cantidad . Es diferente de que varios agentes vendan a mansalva a que siempr es el mismo el que carga muchisimas ordenes y por muchos papeles . Lo que estimamos es que o ese agente vende por orden de la empresa y/o algún accionista mayoritario , o porque esta empomado desde los $ 28 algo un tanto raro porque podria haber dejado subir el precio para vender mas caro en vez de poner ordenes siempre para que tire el precio abajo . Se entiende mas o menos ?
Yo me inclinaría por la primera de las posibilidades que tiras...

Re: CAPU Caputo
Publicado: Lun Ago 01, 2016 10:15 am
por alejdom
Supongamos, que la empresa se encuentra detrás de esta política de pisar los precios abasteciendo al mercado de papeles cuando es necesario. Cual les parece que seria el motivo?. Me imagino que al ser una empresa con alta exposición política por los vínculos con el gobierno actual, no quieren aparecer en la portada de los diarios por bruscas subas. Me equivoco? Se les ocurren otros motivos? Otra pregunta para contadores, la empresa puede quedarse con acciones no negociadas para cumplir con el objetivo anterior? Se ve en algún ítem del balance?
Re: CAPU Caputo
Publicado: Lun Ago 01, 2016 10:08 am
por ben bernanke
hernan_lanus escribió:
Muchas Gracias!!
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De nada , te aclaro : aparece el numero de agente pero no la cuenta comitente . Aca notamos que el mismo agente vende y vende hace como 10 dias y de a mucha cantidad . Es diferente de que varios agentes vendan a mansalva a que siempr es el mismo el que carga muchisimas ordenes y por muchos papeles . Lo que estimamos es que o ese agente vende por orden de la empresa y/o algún accionista mayoritario , o porque esta empomado desde los $ 28 algo un tanto raro porque podria haber dejado subir el precio para vender mas caro en vez de poner ordenes siempre para que tire el precio abajo . Se entiende mas o menos ?
Re: RE: Re: CAPU Caputo
Publicado: Lun Ago 01, 2016 9:46 am
por hernan_lanus
Anonymous escribió:
Si trabajas en sociedad de bolsa el sistema SINAC , te muestra que agente esta comprando y cual esta vendiendo.
Muchas Gracias!!
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Re: RE: Re: CAPU Caputo
Publicado: Lun Ago 01, 2016 9:46 am
por hernan_lanus
Anonymous escribió:
Si trabajas en sociedad de bolsa el sistema SINAC , te muestra que agente esta comprando y cual esta vendiendo.
Muchas Gracias!!
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Re: RE: Re: CAPU Caputo
Publicado: Lun Ago 01, 2016 9:46 am
por hernan_lanus
Anonymous escribió:
Si trabajas en sociedad de bolsa el sistema SINAC , te muestra que agente esta comprando y cual esta vendiendo.
Muchas Gracias!!
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Re: CAPU Caputo
Publicado: Lun Ago 01, 2016 9:35 am
por ben bernanke
hernan_lanus escribió:
Genial tocayo. Coincido totalmente.
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Como saben que agente de bolsa, pisa la cotización?
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Si trabajas en sociedad de bolsa el sistema SINAC , te muestra que agente esta comprando y cual esta vendiendo.
Re: CAPU Caputo
Publicado: Dom Jul 31, 2016 11:03 pm
por nani
ya q tanto joden con el 143 le voy jugar nocional y provincia ,143 x 50,43 x 50 y redoblona a los 5 y los 10
Re: CAPU Caputo
Publicado: Dom Jul 31, 2016 10:43 pm
por alejdom
ARTICULO 117.
a) Abuso de información privilegiada. Los directores, miembros del órgano de fiscalización, accionistas, representantes de accionistas y todo el que por su trabajo, profesión o función dentro de una sociedad emisora o entidad registrada, por sí o por persona interpuesta, así como los funcionarios públicos y aquellos directivos, funcionarios y empleados de los agentes de calificación de riesgo y de los organismos de control públicos o privados, incluidos la Comisión Nacional de Valores, mercados y agentes de depósito y cualquier otra persona que, en razón de sus tareas tenga acceso a similar información, no podrán valerse de la información reservada o privilegiada a fin de obtener, para sí o para otros, ventajas de cualquier tipo, deriven ellas de la compra o venta de valores negociables o de cualquier otra operación relacionada con el régimen de la oferta pública. Lo aquí dispuesto se aplica también a las personas mencionadas en el artículo 35 de la ley 24.083 y sus modificaciones. En estos casos, el diferencial de precio positivo obtenido por quienes hubieren hecho uso indebido de información privilegiada proveniente de cualquier operación efectuada dentro de un período de seis (6) meses, respecto de cualquier valor negociable de los emisores a que se hallaren vinculados, corresponderá al emisor y será recuperable por él, sin perjuicio de las sanciones que pudieren corresponder al infractor. Si el emisor omitiera incoar la acción correspondiente o no lo hiciera dentro de los sesenta (60) días de ser intimado a ello, o no lo impulsara diligentemente después de la intimación, dichos actos podrán ser realizados por cualquier accionista;
b) Manipulación y engaño. Los emisores, agentes registrados, inversores o cualquier otro interviniente o participante en los mercados autorizados, deberán abstenerse de realizar, por sí o por interpósita persona, en ofertas iniciales o mercados secundarios, prácticas o conductas que pretendan o permitan la manipulación de precios o volúmenes de los valores negociables, alterando el normal desenvolvimiento de la oferta y la demanda. Asimismo, dichas personas deberán abstenerse de incurrir en prácticas o conductas engañosas que puedan inducir a error a cualquier participante en dichos mercados, en relación con la compra o venta de cualquier valor negociable en la oferta pública, ya sea mediante la utilización de artificios, declaraciones falsas o inexactas o en las que se omitan hechos esenciales o bien a través de cualquier acto, práctica o curso de acción que pueda tener efectos engañosos y perjudiciales sobre cualquier persona en el mercado.
A los efectos de la determinación de la sanción de aquellas conductas descriptas, la Comisión Nacional de Valores considerará como agravante si la conducta sancionada fuere realizada por el accionista de control, los administradores, gerentes, síndicos de todas las personas sujetas a la fiscalización de la Comisión Nacional de Valores o funcionarios de los órganos de control;
c) Prohibición de intervenir u ofrecer en la oferta pública en forma no autorizada. Toda persona física o jurídica que intervenga, se ofrezca u ofrezca servicios en la oferta pública de valores negociables sin contar con la autorización pertinente de la Comisión Nacional de Valores, será pasible de sanciones administrativas sin perjuicio de las sanciones penales que correspondan.
Re: CAPU Caputo
Publicado: Dom Jul 31, 2016 10:26 pm
por alejdom
hernan_lanus escribió:No, no se puede nombrar...yo quería saber como saben que es el 143 y no el 200 (por dar un ejemplo)
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Gracias por la info.
Re: CAPU Caputo
Publicado: Dom Jul 31, 2016 10:17 pm
por hernan_lanus
No, no se puede nombrar...yo quería saber como saben que es el 143 y no el 200 (por dar un ejemplo)
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Re: CAPU Caputo
Publicado: Dom Jul 31, 2016 10:11 pm
por alejdom
Al famoso 143 que la pisa, la deja que se levante y la vuelve pisar se lo puede nombrar? No conozco las reglas del foro, por eso mi pregunta.
Re: RE: Re: CAPU Caputo
Publicado: Dom Jul 31, 2016 9:43 pm
por hernan_lanus
hernan4429 escribió:
Entonces no es un dividendo, es un split.

Genial tocayo. Coincido totalmente.
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Como saben que agente de bolsa, pisa la cotización?
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