martin escribió:Si lo leí pero eso es una justificación que demuestra la improvisación de esta gente. Ni siquiera te ponen una fecha nueva en que te estarían liquidando. Ahora desde lo legal habría que releer las condiciones del canje y ver si en algún lugar existe una claúsula donde hayan explicitado que podían postergar la fecha de liquidación. Hay que acordarse que la fecha de liquidación era el 11 de agosto de 2010.
Se estan cursando intimaciones perentorias a cumplimentar el prospecto bajo apercibimiento de rescindir el contrato por el incumplimiento del oferente, con mas los daños y perjucios ocasionados ... Y afuera tambien...