TVPP TVPA TVPY Cupones Vinculados al PBI

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alesi
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Re: TVPP TVPA TVPY Cupones Vinculados al PBI

Mensajepor alesi » Vie Oct 22, 2010 9:21 am

Gracias obelix

u21980
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Re: TVPP TVPA TVPY Cupones Vinculados al PBI

Mensajepor u21980 » Vie Oct 22, 2010 8:30 am

si se posteo perdon! :mrgreen:
http://www.infobae.com/economia/542193- ... ento-del-9
Anunciarían hoy la balanza comercial y que el PBI cerraría con un crecimiento del 9%

Chief
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Re: TVPP TVPA TVPY Cupones Vinculados al PBI

Mensajepor Chief » Vie Oct 22, 2010 8:29 am

Buen dia, TVPP tecnicamente no quedo linda. Como lo postee ayer a la noche con su grafico.
Alguien tendria las puntas de afuera, Patrick las tendrias a mano?
Gracias.

alesi
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Re: TVPP TVPA TVPY Cupones Vinculados al PBI

Mensajepor alesi » Vie Oct 22, 2010 8:11 am

una consulta gente si el pais este año crece al 9% y si tomamos el precio actual, cuanto seria el pago del 2011

gracias

Patricio2
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Re: TVPP TVPA TVPY Cupones Vinculados al PBI

Mensajepor Patricio2 » Vie Oct 22, 2010 8:05 am

Patricio2 escribió:¿Vos querés decir que si por ejemplo tenemos títulos, opciones y caución se descuenta la caución como deuda?
Ejemplo:
Títulos: $500.000
Opciones: $300.000
Caución: $200.000
¿Los bienes personales gravados serían $100.000 ($300.000 - $200.000)?

renuncioahora escribió:
Si, pero presentas títulos por 500.000, en la parte del activo de la DDJJ y 200.000 en créditos, en la parte del pasivo de la DDJJ. No neteas 300-200= 100 de títulos, se entiende? Es como cualquier crédito. Si vas a un banco y sacas un préstamo personal para comprar cupones es lo mismo que la caución.
Si no está claro lo sigo oscureciendo.
Abrazo

Lástima que no estuve anoche porque me interesaba el tema.
Por lo que dijeron después, NO se podrían deducir las deudas, por lo que lo gravado del ejemplo serían los $300.000 de las opciones, ¿estás de acuerdo?.
Saludos

Daniel123
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Re: TVPP TVPA TVPY Cupones Vinculados al PBI

Mensajepor Daniel123 » Jue Oct 21, 2010 11:59 pm

GordonGekko escribió:
Muchachos, ustedes salieron a la calle? Digo, me resulta demasiado sofisticada esta charla para la poca seriedad que tiene el país. Es triste, pero mientras ustedes discuten sobre si tal operación o bien esta gravada/o o no, la gran mayoría discute si corta una ruta o no por un choripan.

Si te lee Apolo, yo creo que se va a comprar una lijadora en serio, pero seguramente a base de virulana :-)

GordonGekko
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Re: TVPP TVPA TVPY Cupones Vinculados al PBI

Mensajepor GordonGekko » Jue Oct 21, 2010 11:54 pm

pacodebuenosaires escribió: Perdón. Cometí un error. Conceptualmente no cambia nada ya que la deducción está permitida, pero no es técnicamente una exención sino que se toma como una deducción al valor del inmueble. Es por eso que esto no está incluido en el capítulo de exenciones como erróneamente posteé antes, sino en el CAPITULO II LIQUIDACION DEL GRAVAMEN VALUACION DE LOS BIENES SITUADOS EN EL PAIS
Art. 22 - Los bienes situados en el país se valuarán conforme a:
a) Inmuebles:
El valor a computar para cada uno de los inmuebles, determinado de acuerdo con las disposiciones de este inciso, no podrá ser inferior al de la base imponible -vigente al 31 de diciembre del año por el que se liquida el presente gravamen- fijada a los efectos del pago de los impuestos inmobiliarios o tributos similares. Este valor se tomará asimismo en los casos en que no resulte posible determinar el costo de adquisición o el valor a la fecha de ingreso al patrimonio. El valor establecido para los inmuebles según las normas contenidas en los apartados 1. a 4. del primer párrafo de este inciso, deberá únicamente incluir el atribuible a aquellos edificios, construcciones o mejoras que hayan sido tomados en consideración para determinar la aludida base imponible. Aquellos no tomados en cuenta para dicha determinación, deberán computarse al valor establecido según los mencionados apartados.
De tratarse de inmuebles destinados a casa-habitación del contribuyente, o del causante en el caso de sucesiones indivisas, del valor determinado de conformidad a las disposiciones de este inciso podrá deducirse el importe adeudado al 31 de diciembre de cada año en concepto de créditos que hubieren sido otorgados para la compra o construcción de dichos inmuebles o para la realización de mejoras en los mismos.

Muchachos, ustedes salieron a la calle? Digo, me resulta demasiado sofisticada esta charla para la poca seriedad que tiene el país. Es triste, pero mientras ustedes discuten sobre si tal operación o bien esta gravada/o o no, la gran mayoría discute si corta una ruta o no por un choripan.

Alejo16
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Re: TVPP TVPA TVPY Cupones Vinculados al PBI

Mensajepor Alejo16 » Jue Oct 21, 2010 11:44 pm

DarGomJUNIN escribió:Casa-habitación se considera el lugar donde vive el contribuyente y en caso de tener más de una morada, donde duerme.

:D :lol: 8)

Darío de Junín

Recien vuelvo de cenar y ultimamente no he podido entrar mucho al Foro solucionando temas personales que por suerte se van arreglando .

A lo mejor ya dieron por terminado el tema de bienes personales , pero me parece que los préstamos , aparte de ser destinados a casa/habitación del contribuyente , tienen que cumplir el requisito de vivienda única .

Saludos a todos .

DarGomJUNIN
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Re: TVPP TVPA TVPY Cupones Vinculados al PBI

Mensajepor DarGomJUNIN » Jue Oct 21, 2010 11:43 pm

Daniel123 escribió:
En especial una pantalla del SIAP que es para aplaudir de pie es la de las opciones (Instrumentos Financieros Derivados). Que se fumo el muchacho que la diseño??? Si tenes idea como se completa cada campo soy todo oidos..

Por cortesía laboral, me abstengo de opinar sobre los programadores de la AFIP, pero admito que no conocen Impuestos.

Uno de ellos, oriundo de Junín, no entendía como volcar la clásica fórmula de interés con igual cuota (Sistema Francés).

Darío de Junín

Daniel123
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Re: TVPP TVPA TVPY Cupones Vinculados al PBI

Mensajepor Daniel123 » Jue Oct 21, 2010 11:34 pm

Dario, cuando le pedis a Rava que abra un foro impositivo?? :-)

Sinceramente, los profesionales desconocen mucho cuando los consultas especificamente sobre el "mundo bursatil", pero ademas me paso llamar a DGI y quien atendio tampoco tenia idea. El tema se vuelve demasiado especifico.

En especial una pantalla del SIAP que es para aplaudir de pie es la de las opciones (Instrumentos Financieros Derivados). Que se fumo el muchacho que la diseño??? Si tenes idea como se completa cada campo soy todo oidos..

Saludos y gracias como siempre por tus aportes


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