09ezemarq escribió:No es que sean deducibles, forman parte del resultado, en este caso negativo, se netean con las operaciones exitosas del mismo tipo.
Cual seria el caso negativo no entiendo cual es la perdida?slds.
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09ezemarq escribió:No es que sean deducibles, forman parte del resultado, en este caso negativo, se netean con las operaciones exitosas del mismo tipo.
green arrow escribió:Nunca escuche que se pueda deducir pero puede ser.La caución tomadora y colocadora pagan por igual y no veo cual seria la pérdida ya que si compras algo con la caución y perdes son distintos instrumentos por lo que la pérdida no deberías computar la y si colocas ganas nominalmente no hay perdida que puedas computar contra otro activo.Pero quizás me equivoco.
danyf escribió:Mira, por lo que entiendo la caución colocadora genera un interés que está gravado en personas humanas al 5% en pesos y al 15% en dólares.
El kilombo a mi entender se genera cuando tomás caución y el resultado de la inversión te da perdida, puede ser que no se pueda computar como tal por ser como decis diferentes instrumentos, igualmente por más que sea tomadora también pagas ganancias...es un kilombo y no soy contador, pero entiendo que para personas jurídicas La ganancia se considera un interés gravado, y la pérdida un interés deducible, mucho no me calente para averiguar ya que no estoy caucionado por ahora. Saludos.
green arrow escribió:Nunca escuche que se pueda deducir pero puede ser.La caución tomadora y colocadora pagan por igual y no veo cual seria la pérdida ya que si compras algo con la caución y perdes son distintos instrumentos por lo que la pérdida no deberías computar la y si colocas ganas nominalmente no hay perdida que puedas computar contra otro activo.Pero quizás me equivoco.
danyf escribió: salvo que sean tiros cortos, y de poco capital. Saludos.
danyf escribió:está gravada para imp. a las ganancias las ganancias obtenidas por caucionarte, las pérdidas creo que son deducibles.
chewbaca escribió:Muy básicas mis preguntas pero como sería? Ponele tenés 20.000 papeles...los caucionas y te dan cuánto ? 150.000 pesos? Eso sería 50% de aforo? Gracias !
chewbaca escribió:gracias jmario por su consejo, lo tomare en cuenta, lo mas probable no termine tomandola, pero quiero ¨conocer¨ ese instrumento, abz
jmario escribió:Si vas a entrar en esa tené cuidado como dice resero con el %. Diría que para probar el 40% es mucho ya que si no tenes una estrategia o sale para el otro lado, el agente te empieza a liquidar papeles para compensar, no es pedir guita y la devuelvo con la ganancia de la accion, en el medio pasan cosas y si no tenes confianza con el agente te liquida a su gusto.
chewbaca escribió:Muy básicas mis preguntas pero como sería? Ponele tenés 20.000 papeles...los caucionas y te dan cuánto ? 150.000 pesos? Eso sería 50% de aforo? Gracias !
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