Phantom escribió:No entiendo cual es el problema acá.
Por que es "malo" comprar dólares con ingresos genuinos, en blanco, traceables?
A partir de allí, esos billetes pasan a ser "un bien transable más".
Empiezo de nuevo.
Con ingresos genuinos, en blanco, traceables...compro 28K verdes en mi banco, por homebanking a 4,12.
Hablo con la gerenta (acá nos tocó una mina), voy a la ventanilla y los retiro .
Al otro día mi tía me compra 5K a 4,35. Motivo? Ni idea. Billetes al bolsillo
Me llama mi cuñado. Tiene noseque mastufia y necesita 10K. 4,30 le digo. Hecho.
Bla bla bla. Liquidé los 28K en tres días a promedio 4,35.
Mañana deposito la guita y al toque compro un 6% más de billetes.
Donde está el error? Donde está el "delito"???
Ningún error, ningún delito.
Impositivamente la diferencia de cambio para personas físicas no está gravada; si es una suma importante te conviene incorporarla a la DDJJ de Ganancias en la justificación para que cierre.
Hilando fino, los compradores tendrían que tener capacidad de compra si por una de esas a vos te inspeccionan.
A nivel cambiario no se infringe nada.
S.E.U.O.