JagPanzer escribió: ↑ El respaldo de la escritura solo sirve entre las dos partes, comprador y vendedor. El banco o los bancos no pinchan ni cortan y en el caso de que la escritura tenga algun tipo de prenda o multa o lo que sea son las partes compradoras y vendedoras las que arreglan.
No hay ninguna ley hoy que impida la transferencia ni el retiro de dolares, el "cepo" es para la compra
La afip esta para fiscalizar tus ganancias siempre y cuando no te excedas del minimo no imponible. La venta de dolares es un asunto del Banco Central, no de la afip.
Perdón, si el chabón está comprando dólares para sí utilizando otros sujetos está en clara infracción a la ley cambiaria, sus amigotes son una suerte de coleros cibernéticos. Probablemente no lo agarren pero si salta alguna alarma en su propia cuenta (en las de sus coleros lo veo muy dudoso) puede llegar a tener problemas hasta penales. Con esto no lo quiero asustar, pero Lucas04 tiene razón, existe un riesgo (remoto si se mantiene en los valores actuales y no se ceba consiguiendo más gente para hacer lo mismo, pero el riesgo está).