fabio escribió: ↑
Todas las exportaciones pagan el 9%...se eliminan los 3 pesos que pagaban las industriales
Me parece q estás equivocado. Soy un muerto en tema leyes, pero este es mi análisis (que probablemente se vuelva obsoleto el lunes)
El Decreto N° 793/18 de Macri decía
"ARTÍCULO 1°.- Fíjase, hasta el 31 de diciembre de 2020, un derecho de exportación del DOCE POR CIENTO (12%) a la exportación para consumo de todas las mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias de la NOMENCLATURA COMÚN DEL MERCOSUR (NCM).
ARTÍCULO 2°.- El derecho de exportación establecido en el artículo 1º no podrá exceder de PESOS CUATRO ($ 4) por cada Dólar Estadounidense del valor imponible o del precio oficial FOB, según corresponda.
Para las mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias de la NOMENCLATURA COMÚN DEL MERCOSUR (NCM) detalladas en el Anexo I (IF-2018-43170212-APN-SSPT#MHA) que forma parte de este decreto, ese límite será de PESOS TRES ($ 3) por cada dólar estadounidense del valor imponible o del precio oficial FOB, según corresponda."
En ese Anexo I figuraban las nomenclaturas del aluminio.
Albertito decretó hoy:
"ARTÍCULO 1°.- Déjase sin efecto el límite de PESOS CUATRO ($ 4) por cada dólar estadounidense, establecido en el artículo 2° del Decreto N° 793 del 3 de septiembre de 2018 y sus modificaciones. "
Es decir pasan todas al 12%, menos otras......
"ARTÍCULO 2°.- Sustitúyese el Anexo I del artículo 2° del Decreto N° 793/18 y sus modificaciones, por el ANEXO I (IF-2019-110376577-APN-MAGYP) que forma parte integrante del presente decreto."
En este nuevo Anexo 1 siguen figurando las nomenclaturas del aluminio. Es decir, nunca se dice que sacan el límite de 3 pesos
No se si algún letrado puede desasnarme.