paisano escribió: ↑ A efectos de que a la gente de poco seso le quede claro, copio texto del DNU referido al tema reuniones.
CAPITULO I - SEGURIDAD INTERIOR
Sección I - Organización de las Manifestaciones
ARTÍCULO 331.- Reunión o manifestación. A efectos de este Capítulo de la ley, entiéndase por "reunión" o
"manifestación" a la congregación intencional y temporal de tres (3) o más personas en un espacio público con el
propósito del ejercicio de los derechos aludidos en la presente.
Se entiende, o necesitan mas aclaraciones?
Reunión o manifestación?
El que redacto ni termino el secundario...