
Títulos Públicos
Re: Títulos Públicos
Una vez por año, indefectiblemente se arma la pelea de la tir y la reinversión, dura 2 o 3 días y luego desaparece por arte de magia 

Re: Títulos Públicos
T.I.R.
Vamos con un ejemplo Bono A.
Precio 100 Cobro período 1 $ 8.- período 2 $ 8 Período 3 $ 108.-
T.I.R. = 8%
Bono B. Precio 100. Cobro Período 1 $ 0.- Período 2 $ 0 Período 3 $ 125..97
T.I.R. 8 %.
En segundo caso puedo afirmar que mi inversión rindió un 8 % de T.I.R. igual a mi rendimiento del 8 % por Período.
Vamos con un ejemplo Bono A.
Precio 100 Cobro período 1 $ 8.- período 2 $ 8 Período 3 $ 108.-
T.I.R. = 8%
Bono B. Precio 100. Cobro Período 1 $ 0.- Período 2 $ 0 Período 3 $ 125..97
T.I.R. 8 %.
En segundo caso puedo afirmar que mi inversión rindió un 8 % de T.I.R. igual a mi rendimiento del 8 % por Período.
Re: Títulos Públicos
Jaque Mate escribió: ↑ Si miran al día de hoy la TIR que tiene un bono y dice 30% anual.
Para que se cumpla esa Tir se tienen que dar varios factores, a saber.
Reinversion de cupones hasta el ante último cupon , Reinversion de amortizaciones hasta la ante ultima amortización,
Siempre tiene que ser en el mismo bono para que se cumpla esa TIR
Por último y fundamental que te paguen religiosamente cupones y amortizaciónes, cosa que no se cumple en este País.
Si alguno de los cupones se lo gastaron en trolas disminuye tu TIR![]()


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Re: Títulos Públicos
Jaque Mate escribió: ↑ Si miran al día de hoy la TIR que tiene un bono y dice 30% anual.
Para que se cumpla esa Tir se tienen que dar varios factores, a saber.
Reinversion de cupones hasta el ante último cupon , Reinversion de amortizaciones hasta la ante ultima amortización,
Siempre tiene que ser en el mismo bono para que se cumpla esa TIR
Por último y fundamental que te paguen religiosamente cupones y amortizaciónes, cosa que no se cumple en este País.
Si alguno de los cupones se lo gastaron en trolas disminuye tu TIR![]()
Fundamental, haber comprado el bono el día de hoy.
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Re: Títulos Públicos
Si miran al día de hoy la TIR que tiene un bono y dice 30% anual.
Para que se cumpla esa Tir se tienen que dar varios factores, a saber.
Reinversion de cupones hasta el ante último cupon , Reinversion de amortizaciones hasta la ante ultima amortización,
Siempre tiene que ser en el mismo bono para que se cumpla esa TIR
Por último y fundamental que te paguen religiosamente cupones y amortizaciónes, cosa que no se cumple en este País.
Si alguno de los cupones se lo gastaron en trolas disminuye tu TIR
Para que se cumpla esa Tir se tienen que dar varios factores, a saber.
Reinversion de cupones hasta el ante último cupon , Reinversion de amortizaciones hasta la ante ultima amortización,
Siempre tiene que ser en el mismo bono para que se cumpla esa TIR
Por último y fundamental que te paguen religiosamente cupones y amortizaciónes, cosa que no se cumple en este País.
Si alguno de los cupones se lo gastaron en trolas disminuye tu TIR

Re: Títulos Públicos
Chele escribió: ↑ Te hacés el vivo pero seguís sin entender. Si la TIR es 150% y un cupón decido no reiverirlo, igual gané 150% anual hasta el momento del pago del cupón. La decisión de reinvertir o no ese cupón es una nueva decisión de inversión que tendré que tomarla en ese momento, en función del nuevo precio (y por ende, nueva TIR). Si circunstancialmente el bono tiene la misma TIR cuando me pagan el cupón, entonces puedo reinvertirlo a la misma TIR y si eso justo se da en todos los cupones entonces puedo ir a finish con el mismo rendimiento sobre todo el capital y en ese minúsculo caso particular se cumple lo que vos crees, pero no es necesario que así sea para haber ganado 150%.
Este es mi último intento. Si no lo entendiste, Quod natura non dat, foro de Rava non præstat.
Pero el cálculo de la TIR tiene en cuenta todos los cupones no solo el primero. Te puede pasar que el primer cupón sea chico y los restantes más grandes, ni a palos vas a obtener la TIR con el primer cupón , tu monto de inversión será el mismo pero el primer cupón chico entonces tendrás un rendimiento menor.
Re: Títulos Públicos
Te hacés el vivo pero seguís sin entender. Si la TIR es 150% y un cupón decido no reiverirlo, igual gané 150% anual hasta el momento del pago del cupón. La decisión de reinvertir o no ese cupón es una nueva decisión de inversión que tendré que tomarla en ese momento, en función del nuevo precio (y por ende, nueva TIR). Si circunstancialmente el bono tiene la misma TIR cuando me pagan el cupón, entonces puedo reinvertirlo a la misma TIR y si eso justo se da en todos los cupones entonces puedo ir a finish con el mismo rendimiento sobre todo el capital y en ese minúsculo caso particular se cumple lo que vos crees, pero no es necesario que así sea para haber ganado 150%.
Este es mi último intento. Si no lo entendiste, Quod natura non dat, foro de Rava non præstat.
Re: Títulos Públicos
Todos decimos los mismo. Los argentinos tenemos una capacidad infinita para discutir lo obvio.
Re: Títulos Públicos
Si una tir te dice 150% y queres ganar 150% TENES QUE REINVERTIR LOS CUPONES... pensalo con la almohada.... 

Re: Títulos Públicos
Chele escribió: ↑ Exacto.![]()
![]()
Si queres asegurar eso que decís, obviamente hay que suponer reinversión a la misma tasa para lograr el mismo rendimiento. Pero la TIR como métrica no depende de nada más que del flujo de fondos. Por eso justamente se llama tasa interna de retorno (no depende de ningún factor externo como puede ser el precio futuro de un activo).
Ahora de repente .... para que la tir te rinda lo que dice la tir tenes que reinvertir los cupones.... jajajajaja descubriste América!!!!
Bien vas mejorando...

Re: Títulos Públicos
goyo escribió: ↑ Estamos más o menos todos diciendo lo mismo, pero en diferente idiomas. Y con algo de fanatismo.
Lo que yo quiero decir es que, si queres que una inversión "punta a punta" rinda lo que dice la TIR...necesariamente tenes que reinvertir a esa misma tasa los cupones.
Si se discute eso, me jubilo.
Exacto.


Si queres asegurar eso que decís, obviamente hay que suponer reinversión a la misma tasa para lograr el mismo rendimiento. Pero la TIR como métrica no depende de nada más que del flujo de fondos. Por eso justamente se llama tasa interna de retorno (no depende de ningún factor externo como puede ser el precio futuro de un activo).
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