El gobierno pierde el tiempo tratando de explicar o dando diagnóstico de hechos que quizá a nadie le importa porque la realidad misma lo evidencia.
Yo creo que obligar a vender cedears debe hacerse por ley, no tiene validez en ese ámbito y se van a llenar de juicios que van a perder.
Artículo 17.- La propiedad es inviolable, y ningún habitante de la Nación puede ser privado de ella, sino en virtud de sentencia fundada en ley. La expropiación por causa de utilidad publica, debe ser calificada por ley y previamente indemnizada...La confiscación de bienes queda borrada para siempre del Código Penal argentino. Ningún cuerpo armado puede hacer requisiciones, ni exigir auxilios de ninguna especie.
No vas a ver a Meli más barato, quizás enganchás a un dolobu que vende en un agujaso, lo que si va a acelerar la suba del riesgo país.