alzamer escribió: ↑ Es posible que paguen en pesos, no lo niego, pero estaban autorizados por el BCRA para hacerlo en usd, debido a su condición de exportador creciente :
https://www.ambito.com/economia/bcra/do ... s-n5198119
Así, los bienes que tienen un plazo de hasta 30 días corridos para liquidar, podrán acceder por el 5% del excedente del incremento de ventas; los que se liquidan en hasta 60 días, podrán acceder por el 10%; y los que tienen hasta 180 días, dispondrán del 15%. Las divisas que puedan comprar de forma directa en el mercado oficial podrán destinarse a cancelar vencimientos de capital de deudas por la importación de bienes y servicios a contrapartes vinculadas, vencimientos de capital de endeudamientos financieros con el exterior a contrapartes vinculadas al deudor y al giro de utilidades y dividendos que correspondan a balances cerrados y auditados.
Eso no es SOLO en el marco del decreto 234/2021? No me queda claro si es otro el decreto al q haces alusión por el hecho de ser exportador creciente SOLAMENTE. El articulo no me dice si es otra. Por lo que si es esa resolucion... ademas de ser exportador creciente tiene q hacer en el pais la empresa una inversion de USD 100.000.000. Eso no es coca papi. Es un detalle noma.
No alcanzaria solo con exportar mas...