gracias
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 12 de agosto de 2021
Señores de la
Comisión Nacional de Valores
Presente.-
Señores de la
Bolsas y Mercados de Argentina S.A
Presente.-
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De nuestra consideración:
Tenemos el agrado de dirigirnos a Uds., en los términos del artículo 23 del Reglamento de Listado y del artículo 3, Sección II, Capítulo I, del Título XII de las Normas de la Comisión Nacional de Valores, en relación con la Resolución Nº 795-IPLYCMJGM-2020 (la “Resolución”) emitida por el Instituto Provincial de Lotería y Casinos de la Provincia de Buenos Aires (“IPLYC”) del 29 de diciembre del 2020 por medio de la cual se otorgó a la unión transitoria constituida entre BOLDT S.A. y CASSAVA ENTERPRISES (Gibraltar) LIMITED (en adelante la “UT”) una de las licencias para el desarrollo de la actividad de juego bajo la modalidad online en el marco de la Ley Nº 15.079 (Título VIII) que regula el desarrollo de la actividad de juego bajo la modalidad on line en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires y normas concordantes por el plazo de 15 años.
Al respecto, tenemos el agrado de informar que en el día de la fecha el representante legal de la UT ha procedido a suscribir el contrato en virtud de cuyo objeto el IPLyC encomienda a la UT una licencia para el desarrollo de la actividad de juego “ON LINE” en sus distintas modalidades, medios electrónicos, informáticos, telemáticos e interactivos o los que en el futuro se desarrollen, en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires por el plazo de 15 años. El otorgamiento de esta licencia y la firma de este contrato marca un hito muy importante en nuestra consolidación en este nuevo segmento de juego online en la República Argentina.
Hacemos propicia la oportunidad para saludarles muy atentamente.
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Pablo M. Ferrari
Responsable de
Relaciones con el Mercado