fabio escribió: ↑
Anda un proyecto dando vuelta, para gravar plazo fijo y títulos públicos con bienes personales..
Buenas noches. Sí, es así, igual es un proyecto "anti-elusión", también podés tenerlos 6 meses (01/12 a 31/05 año siguiente). Para el que tiene bonos como parte de su cartera no le afecta, hay que ver cómo sale la ley obviamente, pero seguiría excluído para el que invierte en bonos de manera "genuina".
Los plazos fijos imagino que verán de reglamentarlo para que si renueva X veces continúe exento, igual es dificil de aplicarlo, una locura más...
Saludos