jobim escribió: ↑
Quisiera hacer una consulta que siempre genera dudas.Cuando es mas mas conveniente operar com cedear y cuando con adrs?.Em relacion a dividendos..tipo de cambio..Y cargas impositivas..Muchas gracias.
Ventaja infinita en favor de operar desde afuera...
Para la comparación se supone:
- Que el inversor tiene un patrimonio que lo deja en la escala mas alta del Impuesto a los Bienes Personales.
- Que no tiene ningún privilegio con respecto al pago de comisiones en Argentina (Ej. empleado de banco).
- Que paga a rajatabla todos los impuestos correspondientes.
Desde el vamos, vamos a convenir que es mucho más seguro tener la cartera afuera que en el país. A la seguridad, le vamos a sumar la disponibilidad de opciones en cualquier papel, en cualquier base, y cualquier plazo, y denominadas en dólares, permitiendo al inversor cubrir su posición comprando puts, vendiendo calls para hacer tasa, etcétera. La otra ventaja determinante es el no pago de comisiones en la mayoría de los brokers de Estados Unidos. Por último, un papel mediocre de USA tiene aproximadamente una liquidez similar a todo la bolsa argentina (Merval, General, Cedears incluso renta fija en muchos casos)
Esto no termina aquí, con respecto a los impuestos:
Bienes personales: Ambas opciones abonan la alícuota aumentada de 2.25% (para la categoría mas alta) por ser considerados rentas de fuente extranjera (los CEDEARs desde 2018 lamentablemente son considerados como tales a efectos impositivos). Sin embargo, el CEDEAR tiene un castigo adicional por estar valuado al CCL, pagando de forma efectiva esa alícuota. En el caso de las acciones del exterior, la valuación se realiza al dólar oficial vigente al 31/12 del período, dejando una tasa efectiva mucho menor a la nominal de 2.25%.
Ganancias: Con respecto a los dividendos, Argentina grava al 35% los dividendos de las acciones del exterior, pudiendo el contribuyente descontar del impuesto a pagar lo que se le haya retenido en el país de origen, hasta concurrir con el 35% exigido por AFIP. USA retiene un 30%, por lo que se pagaría un 5% de IIGG por los dividendos en Argentina, de nuevo, valuando la base imponible al dólar oficial... Si bien otros países con acciones cotizantes en NYSE y/o NASDAQ retienen diferentes valores, se asume que es lo mismo ya que siempre el impuesto concurrirá como mínimo al 35% exigido por el fisco argentino. Ejemplo, Unilever no retiene nada por estar inscripta en el Reino Unido, pero acá pagas igual un 35%. Suiza retiene 35%, que podés descontar del 35% de Argentina. En definitiva, pagas 35% en todos los casos, conviniendo de todos modos los países de menos retención ya que el impuesto pagado localmente en Argentina siempre va al oficial. A todo esto se suma que en el caso de los CEDEAR se retiene siempre el 30%, independientemente de la alícuota que aplique el país de origen, por ser el banco COMAFI una persona jurídica y por consiguiente gravado como tal por el IRS. A esto se suma la comisión del COMAFI, que lleva el descuento total a 38.40%, esto sin contar la comisión del broker local.
Por otro lado, si hay una ventaja a favor del CEDEAR, que es la exención de la que gozan las ganancias de capital para estos instrumentos (diferencia entre compra y venta). En el caso del exterior, estas estan gravadas al 15%. Ejemplo, compra de 100 acciones de JP Morgan Chase a 100 c/u (inversión total de U$S 10.000). Venta en el mismo período fiscal a 140 c/u. Ganancia del trade 40 por acción, o sea 4000 dólares. Un 15% de 4.000 sería U$S 600 de impuesto a las ganancias, que termina siendo aproximadamente la mitad por estar esa ganancia gravada al oficial. Este impuesto afecta mas al trader que a quien va a largo. En el caso del trader, muy probablemente el pago de comisiones que realiza en Argentina eclipsará facilmente el pago del impuesto en el exterior.
Puedo estar olvidandome de algo, si asi fuera luego completo...