GGAL Grupo Financiero Galicia
Re: GGAL Grupo Financiero Galicia
Cristina Kirchner sostuvo que los problemas con el dólar no tienen solución "sin un acuerdo que abarque al conjunto de los sectores políticos, económicos, mediáticos y sociales" de la Argentina: fuente infobae.
Hasta ella la ve venir, ni loco en $$$.
Lo de hoy es artificial, el rey esta totalmente desnudo.
Hasta ella la ve venir, ni loco en $$$.
Lo de hoy es artificial, el rey esta totalmente desnudo.
Re: GGAL Grupo Financiero Galicia
Seguramente algunos foristas justo el viernes compraron puts, son genios de verdad, no se que hacen escribiendo todo el dia en el foro, cuando tendrian que estar rodeadas de lindas chicas.
Re: GGAL Grupo Financiero Galicia
pobrecitos los incautos que les enchufaron papeles argentos...
Re: GGAL Grupo Financiero Galicia
Estoy en calls y papeles y hoy entre mas
En estos momentos mi cuenta esta en rojo, pero no me preocupa la baja de hoy es totalmente artificial.
Manos amigas salieron a reventar 1 palo verde para bajar el blue, pero cuanto tiempo puede aguantar.
Re: GGAL Grupo Financiero Galicia
le pueden dar mas al CCL ?
-
- Mensajes: 1132
- Registrado: Mié May 25, 2011 11:07 am
Re: GGAL Grupo Financiero Galicia
djleomdq escribió: ↑ En cierta medida estás en lo correcto. No se aplica en todos los casos porque en una relación jurídica en donde hay paridad entre las partes, se debe exigir el pago en moneda dura. En este caso fue un remate y como suelen ser en sopes quizás tuvieron en cuenta eso (no vi leí los fundamentos del fallo). La cosa es que cuando se acredita la fuerza mayor con fundamento en las restricciones implementadas por el Estado para adquirir moneda extranjera, se suele fallar en favor del deudor pero como ya te comenté, depende del caso en concreto.-
Va sentando precedente en mi opinion. Gracias y saludos
Re: GGAL Grupo Financiero Galicia
fernando9248 escribió: ↑ Por ende, vendes en dolares la propiedad y el comprador te dice que no consigue los dolares y el juez te ordena a recibir un monto x en pesos. No tenes derecho sobre la venta de tu propiedad.
En cierta medida estás en lo correcto. No se aplica en todos los casos porque en una relación jurídica en donde hay paridad entre las partes, se debe exigir el pago en moneda dura. En este caso fue un remate y como suelen ser en sopes quizás tuvieron en cuenta eso (no vi leí los fundamentos del fallo). La cosa es que cuando se acredita la fuerza mayor con fundamento en las restricciones implementadas por el Estado para adquirir moneda extranjera, se suele fallar en favor del deudor pero como ya te comenté, depende del caso en concreto.-
Re: GGAL Grupo Financiero Galicia
djleomdq escribió: ↑ Jurídicamente hablando ese fallo no hace más que aplicar lo que determina el Art. 765 del Código Civil y Comercial de la Nación que perimite la posibilidad de cancelar deuda en dólares a tipo de cambio oficial. De hecho hay mucha jurisprudencia al respecto donde se aplica el mencionado articulado. Quizás lo novedoso es que no toman como referencia el tipo de cambio oficial sino el tipo de cambio ''solidario'' que se considera al que se puede acceder de forma legal lo cual es lógico.
el mep y el ccl tambien son legales, solo ocurre que este inmueble rematado a 1,3 millones de USD era del recupero de la quiebra de la curtiembre YOMA a favor del BAPRO, y como acá pierde el estado provincial dale que va (Yoma se robó con su quiebra 300 palos verdes al Nacion, Provincia y Ciudad), quien compró y pagó a usd baratos de 100$ fue Coralino SA de Nonogasta, La Rioja, no se quienes serán los dueños de Coralino pero si fuera la misma familia nos afanaron las dos veces.-
-
- Mensajes: 1132
- Registrado: Mié May 25, 2011 11:07 am
Re: GGAL Grupo Financiero Galicia
djleomdq escribió: ↑ Jurídicamente hablando ese fallo no hace más que aplicar lo que determina el Art. 765 del Código Civil y Comercial de la Nación que perimite la posibilidad de cancelar deuda en dólares a tipo de cambio oficial. De hecho hay mucha jurisprudencia al respecto donde se aplica el mencionado articulado. Quizás lo novedoso es que no toman como referencia el tipo de cambio oficial sino el tipo de cambio ''solidario'' que se considera al que se puede acceder de forma legal lo cual es lógico.
Por ende, vendes en dolares la propiedad y el comprador te dice que no consigue los dolares y el juez te ordena a recibir un monto x en pesos. No tenes derecho sobre la venta de tu propiedad.
¿Quién está conectado?
Usuarios navegando por este Foro: abeja_fenix, Ahrefs [Bot], aleelputero(deputs), alfredo.E2020, Amazon [Bot], Bing [Bot], cabeza70, CAIPIRA HARLEY, Carlos603, chelo, daimio, davinci, dewis2024, EL REY, Fabian66, fidelius, Funebrero, Google [Bot], GUSTAV SATRIANI, heide, jorgecal71, luis, Majestic-12 [Bot], mirando, nl, rcabsy, RICHI7777777, riverito, Semrush [Bot], te voy dando, Tipo Basico y 399 invitados