Busquenlo el del 19 de junio 2020.No se paga, para todo 2019.

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Aquiles07 escribió: ↑ No entendés...no querés aprender. La culpa es mía....tiene toda la razón el forista Alzamer, tenés la cabeza llena de arena.
Te acabo de dar la información y ni siquiera la viste. Estás equivocado. NO desinformes en el foro. El periodo 2019 está gravado hasta el vientipico de diciembre, fecha de promulgación de la ley. En tributos se legisla hacia adelante y hay que tener en cuenta cuando inició el periodo fiscal 2019. Como el mal llamado impuesto cedular, que es complementario del impuesto a las ganancias, el ejercicio fiscal inicia el 01/01/2019.
Dejá de decir estupideces. Y se escribe "exento"....no, excento...
Aquiles07 escribió: Otra vez, el impuesto cedular es complementario del impuesto a las ganancias y bienes personales. La ley salió en diciembre de 2019 y en tributos se legisla para adelante. El ejercicio fiscal 2019 de impuesto a las ganancias, comenzó el 01/01/2019. La ley salió en diciembre de 2019, últimos días, y se interpreta su vigencia a partir de la promulgación de la ley en el Boletín Oficial.
No hay ningún error como decían acá que el aplicativo funciona mal...
Aquiles07 escribió: Lee y dejá de desinformar, estúpido e insensato. No tenés ni 'pu** idea de impuestos y venís a hablar y dar cátedra. NO sabes un carajo, abstenete de opinar bobo.
Posición expuesta por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de CABA.
Aquiles07 escribió: Realmente no se de donde sacaron que no se paga Renta financiera para el ejercicio fiscal 2019... la exención modificada por el Art. 33 de la Ley 27.541 está vigente a partir del Período Fiscal 2020 y no aplica para el Período Fiscal 2019. La ley salió en diciembre de 2019 y en impuestos no se legisla para atrás, siempre es hacia adelante.
Declarar tenencia y no pagar es lo mismo que hacer mal la ddjj. Para un montón de presentaciones podés elegir que está exento el bien y te da 0...pero bueno, cada cual asume los riesgos que quiere. Eso si, está MAL confeccionada
Aquiles07 escribió: ↑ Realmente no se de donde sacaron que no se paga Renta financiera para el ejercicio fiscal 2019... la exención modificada por el Art. 33 de la Ley 27.541 está vigente a partir del Período Fiscal 2020 y no aplica para el Período Fiscal 2019. La ley salió en diciembre de 2019 y en impuestos no se legisla para atrás, siempre es hacia adelante.
Declarar tenencia y no pagar es lo mismo que hacer mal la ddjj. Para un montón de presentaciones podés elegir que está exento el bien y te da 0...pero bueno, cada cual asume los riesgos que quiere. Eso si, está MAL confeccionada
carlob escribió: ↑ Habia dudas,y afip las aclaro, muy poco tiempo antes del vto, es aplicable a todo 2019 tambien, hay un video en youtube, donde una contadora,explica activo por activo,cuales quedan exentos. Eso lo hizo, a raiz de las aclaraciones de afip. Resumido, solo quedan sujeto a impuestos, los p fijo en dolares y uva,acciones no negociables en bolsa y titulos publicos,no emitidos en suscripcion publica. Todo lo de la bolsa, lecaps,lebacs,letes, acciones,cedears etc esta exento. No habian modificado en pagina de afip el aplicativo, por eso las dudas,pero todo se aclaro y quedo de esa manera.. Parece lo definitivo ,pero cada uno averigue por supuesto.
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Aquiles07 escribió: ↑ Realmente no se de donde sacaron que no se paga Renta financiera para el ejercicio fiscal 2019... la exención modificada por el Art. 33 de la Ley 27.541 está vigente a partir del Período Fiscal 2020 y no aplica para el Período Fiscal 2019. La ley salió en diciembre de 2019 y en impuestos no se legisla para atrás, siempre es hacia adelante.
Declarar tenencia y no pagar es lo mismo que hacer mal la ddjj. Para un montón de presentaciones podés elegir que está exento el bien y te da 0...pero bueno, cada cual asume los riesgos que quiere. Eso si, está MAL confeccionada
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