Viruela escribió: ↑ Ahora no lo tengo a mano. Mañana te lo paso. Antes del 28_12 era considerado como vos decís. Por eso yo había decidido pasar fin de año comprado. Pero despues me encuentro con que el día 28_12 salió una resolución donde los consideran como tenencia fuera del país. Me refiero a los cedear. Estoy re caliente.
Estoy buscando y nada (respecto al cambio de consideración de los Cedear, de bien local a bien externo). La ley que modifica lo de BBPP y regula el imp PAIS es esta: http://servicios.infoleg.gob.ar/infoleg ... /norma.htm
Sin apuro, si encontrás lo de los cedear o alguien, bienvenido sea el dato. Sino en la semana envío la consulta a AFIP, en 20/30 días nos enteramos la respuesta oficial jaja.