Aquiles07 escribió:
Debería poder ser un tributo deducible del impuesto a las ganancias o bienes personales, tal vez. Además es de difícil fiscalización, poca recaudación y alienta a evadirlo fácilmente. Tiene las 3 características fundamentales para evitar gravar esa capacidad contributiva. Lo mismo debería hacerse con los derechos a exportación/importación...pero se piensa en la recaudación instantánea, y se grava al consumo...es una charla para otro foro. Después se quejan y con razón...
Este sabe una página más que el libro, no deja de opinar en ninguna, y mete siempre alguna referencia al pasado malo, malo del gato