Cohelet8 escribió: ↑ Más allá de todo....pregunto, obligar a los fci's a valuar tenencias en cedear, e incluso títulos públicos, a dólar oficial, no es meterse con contratos entre privados?
Es decir, si bien aunque quizá no aparezca el criterio de valuación en un contrato de gestión, de hecho modificar la valuación de un cedear dentro de un fondo sería alterar un precio que es transparente entre privados y que surge de instituciones del mercado y por lo tanto afectar ese contrato que firmás con el fci...
No soy abogado, tampoco tengo fci's afectados por la normativa pero....yo no sé hasta que punto no se podría accionar comercial, civil y hasta penalmente contra los gestores de los fondos y contra el directorio de la CNV...
Lo mismo pasaría si se les ocurriera tocar el valor de los cedears...es decir, accionar contra byma y contra cnv por alterar contratos entre privados...
Las valuaciones contables de activos y pasivos susceptibles de cotización foránea, desde siempre se aplican bajo dólar oficial, tipo comprador o vendedor Banco Nación. Es algo que tanto Consejos Profesionales, CNV, BCRA, Seguros....todos, aplican la única cotización que existe. No hay ningún tipo de alteración ni nada por el estilo. Las administradoras de fondos son sólo eso, administradoras depositarias de un valor....de hecho, están separadas del patrimonio de bancos. Nada nuevo. Un poco de humo para alterar ánimos