Según manifestó la UIF, el organismo "observa activamente el aumento de las magnitudes en las operatorias de Contado con Liquidación y Dólar MEP generado durante las últimas semanas". En ese sentido, señaló que "la necesidad de que los Sujetos Obligados efectúen, en tiempo y forma, los reportes sistemáticos previstos en el artículo 42 incisos a) y b) de la Resolución UIF N° 30/2017 y en el artículo 38 inciso a) de la Resolución UIF N° 21/2018".
Estos artículos establecen la obligación de reportar sistemáticamente el Reporte de Transacciones en Efectivo de Alto Monto (RTE), que incluye a las transacciones realizadas en moneda local o extranjera que involucren movimientos superiores a $280.000.
También abarca el Reporte de Transferencias Internacionales (RTI) para todas las transacciones que involucren transferencias de fondos entre cuentas radicadas en el país y cuentas radicadas en el exterior. Por último, las entidades deberán informar el listado de cuentas comitentes y las transferencias internacionales de valores negociables.
https://www.ambito.com/finanzas/cnv/lim ... p-n5097831