Juanjo01 escribió: ↑ Rob, como estudiante de derecho, tenes las de perder
Historicamente, la CSJN siempre fallo en contra de los ahorristas, diciendo que no esta dentro de su competencia por ser una cuestion politica no justiciable. Y se toma los cambios de condiciones en los bonos siempre a favor del Estado, es como votar contra si mismo. Paso lo mismo con el plan bonex..
Fallo Peralta CSJN año 1990
"Considerando 37) Que, sentado ello, la cuestión gira alrededor de las facultades de los poderes Ejecutivo y Legislativo ante situaciones de emergencia.
Como principio, el legislador está facultado para hacer todas las leyes y reglamentos que sean convenientes para poner en ejercicio los poderes atribuidos al Gobierno de la Nación. En correspondencia con los fines enunciados en el Preámbulo de la Constitución, aquél cuenta con las facultades constitucionales necesarias para satisfacer los requerimientos de la sociedad, poner fin a los estados de emergencia y conjurar cuanto ponga en peligro la subsistencia del Estado. Cuando una situación de crisis o de necesidad pública exige la adopción de medidas tendientes a salvaguardar los intereses generales, se puede "sin violar ni suprimir las garantías que protegen los derechos patrimoniales, postergar, dentro de límites razonables, el cumplimiento de obligaciones emanadas de derechos adquiridos". No se trata de reconocer grados de omnipotencia al legislador ni de excluirlo del control de constitucionalidad, sino de no privar al Estado de las medidas de gobierno que conceptualice útiles para llevar un alivio a la comunidad."
Te lo dictan en cuanto entras al juzgado, el poder judicial, ahi, no se va a meter
el fallo se centra en cual es el alcance del amparo mas que en si le corresponde o no una indemnizacion al ahorrista cosa que el "si le corresponde" se cae de maduro, el fallo es del 90, en la constitucion del 94 el amparo es contra todo acto u omision de autoridades publicas o de particulares que en forma actual o inminente lesione restrinja altere o amenace con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta, derechos y garantias reconocidos en la constitucion un tratado o una ley.
en definitiva, cualquier juez puede declarer la inconstitucionalidad de una norma, no es necesario llegar a la CSJN.
saludos