tavy escribió: ↑ Esos son supuestos para nueva deuda que suponen van a tomar para refinanciar lo que reestructuran ahora. Respecto de la elegible te dice esto:
1) Período de gracia
Dadas las restricciones de la balanza de pagos y la incapacidad de Argentina de regresar a los
mercados de crédito internacionales en un futuro cercano, se requiere un período de gracia
sustancial para la deuda en moneda extranjera.....
2) Reducción de cupones
Con el objetivo de restaurar la capacidad del país de pagar sus intereses de manera continua y
sostenible, los cupones a mediano y largo plazo deben reducirse sustancialmente.
3) Límite en la capacidad de servicio de la deuda en moneda extranjera
.......Consecuentemente, se consideran extensiones del vencimiento y/o posibles reducciones de los
valores nominales de la deuda elegible con el objetivo de lograr un perfil de amortización con
costos de refinanciación que permitan a la economía hacer frente a shocks adversos.
Yo entiendo lo mismo, son los supuestos de la financiacion cuando el estado pueda salir al mercado de deuda. Si no estaría dando hoy la propuesta.