Foro dedicado al Mercado de Valores.
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EFFE
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Mensajepor EFFE » Mar Oct 15, 2019 1:16 am
elbasko escribió:Sigo sin entender muy bien. Yo compré el 30/7 lecap S11O9 y parte de la inversión fue con lecap que vencía el 31/7 y las reinverti. Fue en mercado secundario no en la licitación. Entonces y habiendo leído vuestros comentarios, debería haber entrado en reperfilamiento? El interés del 59% que pagaban acompañaría la extensión de plazo? O debo patear algunos escritorios?
Buenas noches. La compra no creo que haya Sido en contado inmediato si te permitieron usar lo que cobrabas al día siguiente, seguramente fue en 48hs por lo cual la operación se pacta el 30/07 y queda concretada el 01/08… lamentablemente se incorpora a tus tenencias en PUC en esa fecha. No quedé metido de casualidad yo, es impresentable la fecha de corte para reperfilar del 31/07 cuando las paridades hasta el 26/08 eran "normales"... Cómo dijo Leandritus, hay que tomar nota y el resto de la vida pensar muy bien si le prestamos al Estado Argie. Abrazo grande.
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elbasko
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Mensajepor elbasko » Mar Oct 15, 2019 12:49 am
RusoLocoSuelto escribió:Claro, es lo que le vengo diciendo. 01/08 no es antes del 31/07, no importa si es licitación, secundario o regalo.
Solo safa las letras de PH en FCI por decreto.
Sigo sin entender muy bien. Yo compré el 30/7 lecap S11O9 y parte de la inversión fue con lecap que vencía el 31/7 y las reinverti. Fue en mercado secundario no en la licitación. Entonces y habiendo leído vuestros comentarios, debería haber entrado en reperfilamiento? El interés del 59% que pagaban acompañaría la extensión de plazo? O debo patear algunos escritorios?
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resero
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Mensajepor resero » Mar Oct 15, 2019 12:12 am
Tengo un 10% de la cartera en AY24 y no los toco, antes de las Paso tenia el 20%, el 10% que vendi preferi arbitrar por acciones energeticas que tambien cayeron como los bonos.
El 10% de AY24 no lo toco, lo tengo como posicion fija, jamas me voy a guiar de varios garcas que hay aca que recomendaban vender, como Criacuevos en el 2009- 2010, quien le hizo caso se perdio de ganar una buena fortuna.
En cambio quien siguio los consejos de Dargon de Junin entre otros despejando muchas dudas y miedos, pudo multiplicar su cartera cientos de veces. Recuerdo cuando decia que el NF18 que estaba regalado estaba garantizado por el Banco Nacion creo, con ese bono se gano muchisimo dinero.
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resero
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Mensajepor resero » Lun Oct 14, 2019 11:16 pm
hagale caso a estos garcas como al forsta criacuervos y no va a ganar un peso.
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Metano
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Mensajepor Metano » Lun Oct 14, 2019 11:16 pm
gago escribió:RusolocoSuelto, veo que conoces bastante el tema.
Te consulto yo renovè una Lete en u$s originaria de abril.2019 que vencio el 12 de agosto 2019 y la renovè hasta el 21 de noviembre. Esos dolares los tenia ya iinvertidos el 31 de julio. Como se toma esa operaciòn. No es una adquisiciòn posterior al 31 de julio pero si es una renovaciòn. Es indiferente. Estaria mi operaciòn siendo catalogada como posterior y seria reperfilada aunque sea persona humana. Cual serìa tu opiniòn para este caso. Te agredezco si me brindas la misma. Saludos
Recuerdo haber leído una disposición posterior a la que determinaba el reperfilamiento que aclaraba que la unica licitación primaria hecha con posterioridad a las primarias quedaba excluida del reperfilamiento para personas físicas.
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RusoLocoSuelto
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Mensajepor RusoLocoSuelto » Lun Oct 14, 2019 11:02 pm
Martinm escribió:Pero lean el decreto artículo 2 dice que el 31 ya debia estar anotado..
Asi lei en artículo;
Se advierte, además, que las "personas humanas" no se verán afectadas por la extensión de plazos siempre que el monto que acrediten en la cuenta comitente a su nombre al tercer día hábil anterior al vencimiento original del instrumento sea igual o menor al monto registrado en la misma cuenta el 31 de julio de 2019.
En el articulo esta el decreto y ahi dice..
Claro, es lo que le vengo diciendo. 01/08 no es antes del 31/07, no importa si es licitación, secundario o regalo.
Solo safa las letras de PH en FCI por decreto.
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RusoLocoSuelto
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Mensajepor RusoLocoSuelto » Lun Oct 14, 2019 11:00 pm
elbasko escribió:Realmente es una locura lo que han hecho. Esa guita era de una indemnización y la tengo pisada hasta abril... Alguien sabe si por lo menos te van a pagar intereses acorde al plazo o no?
Como puso Martín. Se cobra a la tasa original emitida por esa letra, no la de licitación que para vos es 7%, sino la original.
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Leandritus
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Mensajepor Leandritus » Lun Oct 14, 2019 10:35 pm
elbasko escribió:Realmente es una locura lo que han hecho. Esa guita era de una indemnización y la tengo pisada hasta abril... Alguien sabe si por lo menos te van a pagar intereses acorde al plazo o no?
Despues de Diciembre muy dificil cobrar la guita de las cuotas restantes del 25 y 60% de las LETES, inluso para personas humanas directamente porque no esta el cash flow para pagarlas. En mi caso fui cobrando todas al 100% que habia licitado hasta Junio de 2019, ahora a fines de Octubre salgo definitivamente y a no prestarle nunca mas guita al Estado Argentino

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Martinm
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Mensajepor Martinm » Lun Oct 14, 2019 10:13 pm
ARTÍCULO 2°.- La postergación dispuesta en virtud del artículo 1°, no alcanzará a los títulos representativos de deuda pública nacional de corto plazo identificados en el Anexo que da cuenta el artículo 1°, cuyos tenedores registrados al 31 de julio de 2019 en la Caja de Valores sean personas humanas que los conserven bajo su titularidad a la fecha de pago.
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Martinm
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Mensajepor Martinm » Lun Oct 14, 2019 10:03 pm
elbasko escribió:Realmente es una locura lo que han hecho. Esa guita era de una indemnización y la tengo pisada hasta abril... Alguien sabe si por lo menos te van a pagar intereses acorde al plazo o no?
ARTÍCULO 3°.- La postergación dispuesta en virtud del artículo 1°, no interrumpirá el devengamiento de los intereses establecidos en los términos y condiciones originales. En caso de que dicha tasa sea variable, se continuará aplicando la misma metodología prevista en las condiciones originales según cada título de deuda.
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Martinm
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Mensajepor Martinm » Lun Oct 14, 2019 10:01 pm
RusoLocoSuelto escribió:Si entraste por licitación como si fuera por secundario, la fecha de adquisición es posterior a 31/07, como dice Guillermo, según el decreto que salió estás dentro de la categoría a reperfilar. No hacen aclaración o distinción sobre las licitaciones posteriores al 31/07.
Es todo lo malo que tiene haber puesto arbitrariamente la fecha del 31/07, debería haber sido como dijeron antes, la fecha de la última licitación válida de Hacienda, para hacerlo “justo”, ponele.
Pero lean el decreto artículo 2 dice que el 31 ya debia estar anotado..
Asi lei en artículo;
Se advierte, además, que las "personas humanas" no se verán afectadas por la extensión de plazos siempre que el monto que acrediten en la cuenta comitente a su nombre al tercer día hábil anterior al vencimiento original del instrumento sea igual o menor al monto registrado en la misma cuenta el 31 de julio de 2019.
En el articulo esta el decreto y ahi dice..
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elbasko
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Mensajepor elbasko » Lun Oct 14, 2019 9:03 pm
RusoLocoSuelto escribió:Ese es el motivo por el cual entraste en el re perfilamiento. Para Hacienda sos tenedor Humano con letras después del 31/07.
Tenes que hablar con tu broker, con el comprobante de compra de las letras, y tu orden de CI, porque tal como parece la cosa, ellos tomaron tu Plata en CI y compraron en otro término. Si paso esto no se como sería la solución, ya no hay vuelta atrás en esas letras, salvo que el broker se haga cargo de la Plata que pusiste, pero está complicado.
Realmente es una locura lo que han hecho. Esa guita era de una indemnización y la tengo pisada hasta abril... Alguien sabe si por lo menos te van a pagar intereses acorde al plazo o no?
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