d34a escribió:Si comprás el bono a la par y recibís el mismo dinero en el momento de la amortización, entonces la ganancia es cero y el impuesto cedular también.
Muy bien explicado, ahora entiendo mejor el motivo por lo cual se produce la ganancia, gracias
Y en este caso, si hubiera comprado en el año 2017 Bonos AO20 en 114,50 dólares los cien, tendría que descontar los 14,50 dólares de los intereses cobrados de todos los cupones cobrados desde el año 2018 hasta el día de la amortización ? Ejemplo, si hasta el año 2019 cobre 4 cupones de 4 dólares cada uno, serian 16 dólares, menos los 14,50 dólares que pague sobre la par, pagaría Renta Financiera recién en el año 2020 correspondiente al periodo 2019 de 1,50 dólares de ganancia que es la diferencia de los 16 dólares cobrados, menos los 14,50 que pague sobre la par, ( la perdida se puede ir trasladando hasta el final del bono)y en caso de pérdida hasta el cobro de la amortización, la misma se puede compensar contra la renta obtenida de otro bono de otra especie pero del mismo deudor que sería el gobierno.