pik escribió:Te agrego una más. Cómo estás sobre la par, también podrías descontar por art 90 el proporcional hasta vencimiento, bajando aún más la cotización de compra, no valdría la pena hacerlo este año porque no tenes contra que descontarlo de intereses porque los usaste por art 95. Entonces mejor guardarlo para ejercicio 2019 y podés descontar más de los intereses que ahí habrá que pagar.
Claro, el año que viene se toma la cotizacion al 31/12/17 menos los cupones del 2018. Eso da el nuevo costo. Como sigue siendo sobre la par se podría proporcionar la diferencia contra los años que faltan hasta el 2033, eso sería un descuento.
Hablamos como si supiéramos, esto tendrá millones de interpretaciones, cada uno hará lo que le parezca..