pik escribió:Si las haría para no pagar en 2018 y llevarlos a un nuevo valor más bajo para el próximo ejercicio, solo que no hay que declararlas en los formularios. En el caso que no las haría es si tengo mni disponible que me cubre esos intereses, entonces dejaría el valor para próximo ejercicio alto para no pagar de más en la enagenacion si ocurriese el próximo ejercicio.
Hola, te pregunto seguro que vas hacer la simplificada, como haces para decir que la parte del los cupones que corresponde a los títulos comprado con anterioridad al 31/12/2017 querés hacer uso del articulo 95, donde colocas el importes o decís que haces uso de ese art.
Así solo te quedarías el importe de los cupones cobrados por los bonos comprados durante el 2018 del cual se pagaría dicho impuesto (en mi caso no llego)
y los títulos comprados durante el año 2018 fueron todos bajo la par, yo no quiero pagar por la diferencia proporcional a lo que le queda de vida, lo quiero pagar cuando yo lo vendas porque nunca se si lo voy a vender por debajo del valor que lo compro o si tengo suerte mayor valor o esperar su vencimiento ejemplo AC17 (espero llegar)
Con los comprados con anterioridad al 31/12/2017 le aplico el famoso 95
Salu2