gabmartini escribió:https://www.cronista.com/economiapoliti ... -0007.html
Esta nota está MAL.
QUE VERGUENZA!
Las ganancias de capital no se gravan. Solo son sujetas al impuesto si hay una venta (y una ganancia de capital derivada). Eso es el capítulo II de la ley. El capítulo I habla sobre las rentas percibidas.
Deux!
La ganancia de capital se sobreentiende que son ganancias realizadas, o sea que implica la venta del activo con ganancia...