lestat escribió:Al respecto, la Resolución de AFIP determina que, cuando el socio retire dinero de la sociedad, se deberá retener el impuesto (presunción de dividendo). Pero, cuando el socio devuelva el dinero retirado oportunamente, la sociedad deberá devolverle lo retenido oportunamente.
Me parece que es para empresas que no son de cotización pública o incluso PyMEs donde los dueños no deben saber ni diferenciar qué plata es de la sociedad y qué plata es de ellos (de las cotizantes, también deberían agarrar a Camsa y a los derechos por uso de marca de Siderar con este impuesto).
Lei 2 o 3 veces la nota y pareciese que tenes razon, porque todo el tiempo la nota se refiere a que "las empresas" o "sociedades" retengan a sus socios.. no vi en la nota que haga referencia a "agentes de bolsa", "brokers", u otra mencion a algo que haga parecer que hablas de las empresas que cotizan publicamente.
De hecho, habla en un momento de pagar dividendos con autos, inmuebles, terrenos, etc.. y que yo sepa, en una empresa de oferta publica nunca se nos pago con un 0km.

Gracias!