dop escribió:Hola
https://www.cronista.com/economiapoliti ... -0083.html
con este criterio también se tendría que aplicar sobre las LETES que se hicieron en 2017 y vencían en el 2018
Salu2
Es discutible ya que son a cupon 0, o sea el interés lo cobraste al momento de confirmar la suscripción en el 2017, el tema es si no lo declaraste en el 2017 (que era exento pero había un lugar donde ponerlo en ganancias). Ahí te pueden argumentar que debas declarar el devengado de la parte del 2018