czekajlo escribió:hay que tomar tc comprador bna divisa y no billete
Ahhhh, por ahí tenes razón porque ese sí coincide con el que tomó el IAMC y la AFIP.
En ese caso el valor a tomar sería 37,50.
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czekajlo escribió:hay que tomar tc comprador bna divisa y no billete
paisano escribió:La ley en su Artículo 63, Capitulo II Impuesto cedular, en su segundo Articulo sin numero explicita al final del mismo el siguiente párrafo:
La imputación de acuerdo a su devengamiento en función del tiempo a que se refiere el inciso a) del primer párrafo del presente artículo, así como el devengamiento en forma proporcional que mencionan sus incisos c) y d), implican que, en los casos de valores en moneda extranjera la conversión a pesos de los respectivos conceptos se hará al tipo de cambio comprador conforme al último valor de cotización del Banco de la Nación Argentina al 31 de diciembre de cada año. Tratándose de valores con cláusula de ajuste, tales conceptos se calcularán sobre el valor del capital actualizado a esa fecha.
http://servicios.infoleg.gob.ar/infoleg ... texact.htm
Ahora bien no sé de donde saca IMAC el valor, yo siempre tomo el valor al final del día de la página del BNA, y para el 28/12/2018, último día operativo del 2018, da el siguiente.
Por lo que para mi el valor a considerar es el de 36,80, entra a la pagina del BNA y fijate en históricos el valor de cierre de esa fecha.
EJS escribió:tomado del informe del 29 de dic 2018 del IAMC
precio venta BNA 37,70
precio compra BNA 37,50
la Afip hizo las conversiones con 37,70 , lo hicieron mal ?
ironhide escribió:Revisá si es correcto, en mi caso parece ser que están sumados todos los plazos e informados como interés los capitales, o sea si hubiera tenido 100000 pesos y renovado 12 veces solo el capital me aparecería que cobré 1.200.000 de intereses.
Es mas me acuerdo haber hecho un uva que perdí como en la guerra porque no me pagaron una chota porque en esa epoca toqueteaban el indec a lo loco (dolar de 20 a 25) y había puesto para ver que pasaba 30lucas y me aparece que cobre de interés eso.
paisano escribió:La ley dice ultima cotización tipo comprador BNA al 31/12.
Los valores de los bonos podes consultar los informes diarios del IAMC.
pik escribió:Intolerante. Al final voy a terminar creyendo que estás aquí en el foro solo para dar tu sermón sin escuchar a nadie y alinear a la tropa.
PVIDAU escribió:Esto esta rotundamente mal, no? desde la pagina de AFIP
ID 22904976: ¿Se debe aplicar la retención sobre los plazos fijos constituidos antes del 31/12/2017? ¿Cuál sería la base imponible: lo devengado total desde la constitución del plazo fijo o lo devengado a partir del 01/01/2018?
Sí, la retención debe aplicarse sobre los resultados devengados a partir del 01/01/2018, por lo tanto los plazos fijos constituidos antes del 31/12/2017 deberán tributar únicamente por los intereses devengados a partir de aquella fecha.
https://www.afip.gob.ar/genericos/guiav ... d=22904976
alzamer escribió:D34....
Estas en lista de espera para entrar junto con burzatil, serpdf, y tantos otros.
ironhide escribió:Ah ayer me fije por una boludes en afip nuestra parte, ya aparece lo del cedular. En mi caso pone cualquier cosa para arriba, no se cuantos millones que no vi en mi vida. Ya me veo peregrinando a la afip a ver de donde salió eso.
EJS escribió:Estimados ,estoy preparando los borradores de ddjj , tengo dudas con el valor del dólar al 31 de diciembre 2018 , tiene que ser un valor oficial del Banco Nación pero no se cual tomar
Si me guio por las cuentas de la Afip entre lo que saben de mi cuenta de ahorro en dolares y lo que pusieron ya pasados a pesos me da 37,70 U$/$
Alguno acostumbrado a hacer las ddjj de bienes y ganancias me lo puede confirmar
Por otro lado de donde puedo sacar los valores oficiales de los bonos al 31 de diciembre de 2017 y 31 de diciembre de 2018
gracias de antemano
d34a escribió:Hay que ver si después te cierra Bienes Personales y la Justificación de Variaciones Patrimoniales de la declaración jurada de Ganancias con los valores que pasó el broker.
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