d34a escribió:No tenés que pagar nada este año con respecto al AO20. Simplemente restás los intereses en el valor de compra que tenés que declarar.
Artículo 95 del decreto 1170/2018:
A efectos de lo dispuesto en el Capítulo II del Título IV de la ley, cuando se trate de títulos públicos y obligaciones negociables comprendidos en los incisos a) y b) del primer párrafo del cuarto artículo incorporado sin número a continuación del artículo 90 de la ley, podrá optarse por afectar los intereses o rendimientos del período fiscal 2018 al costo computable del título u obligación que los generó, en cuyo caso el mencionado costo deberá disminuirse en el importe del interés o rendimiento afectado.
Con respecto a las Lebac, no llegás al mínimo no imponible para inversiones. Así que no gastes lágrimas.
Hola , te consulto sobre los AO20D , compré sobre la par en el 2017, a 1,12 y los vendí en el 2018 después que pago el primer cupón 0,95 , tenes idea cómo sería la liquidación del impuesto , vi ejemplos de prorrateos si no vendiste pero no si los vendiste , gracias