montador escribió:Estimado Muy bueno el análisis, pero hay una cosa fundamental que para mi es muy importante, en los costos o ganancias hay que descontar el IIGG y Bienes Personales, y ahora la Renta Financiera del alquiler. Para mi, el tema Propiedad pasa por el lado de que ese bien está en la mira del estado, y cuando mas el estado esté arriba, peor le va.
Si considero que en tiempos pasados a la propiedad se le asignaba un precio fiscal y no real, era ganancia, ahora es todo lo contrario. Incluso con impuestos a la venta/compra y a los impuestos de herencia.
atte
Lo unico que cambió en renta financiera es que subió un poco la valuación fiscal (igual sigue siendo menor a la real ) , alquilar ya estaba gravado (en segunda categoría de iigg) el cambio es que si vendes tu segundo inmueble comprado a partir de enero 2018, pagas el 15% en la ganancia "real" por la venta (te deja ajustar por inflación el costo), pero en el caso del bono del tesoro norteamericano que eligieron para comparar (por ser tasa libre de riesgo).. por ser en dólares también paga 15% en la diferencia entre compra y venta o cobro de intereses. Por ser de afuera también debería pagar bienes personales (solo que sin ese desfasaje en la valuación fiscal que para inmuebles es mas bajo al real y en precio del bono no).
Realmente no se cuanto se paga ahora por alquilar (ganancias e iibb) ( pagas iva TB, ojo que no es costo, es trasladable al inquilino, es algo que solo te encarece el alquiler).. comento también que si tenés mas de uno, el otro ( inmueble cerrado, como es el caso de los sojeros que compran deptos en caba y los cierran, ) debería pagar alquileres presuntos,
Lo mas barato debería ser poder tributar iva y ganancias adheriendo al régimen del monotributo y de esa manera pagar gcias e iva y ahorrar un poco. Seguro que es menos que el 15%.
Si lo incluis al alquiler dentro de ganancias de segunda categoria creo que se suman tus 4 categorías haces las deducciones y lo que pagas vas a ver a una tabla del art 90 los pagos van del 9 al 35%. Y tambien hay deducciones que te podes tomar como hijos esposa u otras cargas!!!