czekajlo escribió:viste el link que te pasé que dice casos particulares? porque ahí dice exactamente lo mismo que yo interpreto. Y reitero que no conozco bonos que paguen intereses cada año y medio o 2 años, etc, o mejor dicho me aventuro a decir que no existen.
Lo ví el.link. Ese texto que te referís está en la propia página de la AFIP también y de ahí lo extrajo infobae. Pero lo que dice la ley es más claro y tiene algo más de lógica. Según tu interpretación vos tenés que calcular tu devengado en intereses al 31/12 de todos los bonos que tenés y pagarlos?
Hoy pueden no existir bonos a más de un año el pago de intereses, pero como esto es general, podría aplicar a un plazo fijo de más de un año, una obligación negociable, o algún otro instrumento alcanzado por la renta que funcione así, no es sólo específico para bonos.