elNene escribió:Buen día gente.. Aprovecho que hasta el miércoles no hay rueda para consultar..
Alguien sabe exactamente si se tiene que pagar (cuanto??) por las ganancias obtenidas por operaciones con opciones? Hay que declararlas? Todavía no consulte a la contadora pero para ir teniendo una idea. Gracias y felicidades a todos!
Buenas tardes
Cauciones
• Impuesto a las Ganancias:
El rendimiento de las operaciones de caución está gravado por el impuesto a las
ganancias.
• Impuesto sobre los Bienes Personales:
El monto invertido en cauciones por parte de personas físicas se encuentra gravado
por el impuesto, aplicándose las alícuotas correspondientes establecidas por la
normativa vigente.
Los intereses generados en la operatoria de caución están exentos del Impuesto al Valor Agregado.
Opciones
• Impuesto a las Ganancias:
Los resultados originados por la operatoria con opciones se encuentran gravados.
• Impuesto sobre los Bienes Personales:
El monto invertido Opciones por parte de personas físicas se encuentra gravado porel impuesto, aplicándose las alícuotas correspondientes establecidas por la
normativa vigente.
Las alicuotas varian segun los montos, consultalo con un contador
Saludos