piraña escribió:Vi esa nota pero no llego a entender lo que dice. Que es la amortización anticipada obligatoria a la que hace referencia???
OBLIGACIONES NEGOCIABLES CLASE 10 SOLICITUD DE CONSENTIMIENTO
Significa que no va a realizar el pago en concepto de amortizacion anticipada como consecuencia
de que el ratio preestablecido no se esta cumpliendo , en definitiva no va a pagar esa diferencia por no cobertura del ratio
fijado en las condiciones de emision Por el termino de 6 meses
La Solicitud de Consentimiento se encuentra dirigida a todos los Tenedores de las Obligaciones
Negociables. Los Tenedores podrán decidir otorgar su Consentimiento a la Sociedad para la Reducción
Transitoria, que importará dispensar a la Sociedad, desde la fecha de la presente Solicitud de
Consentimiento y durante el Período Transitorio, del cumplimiento de la cláusula “Amortización
Anticipada Obligatoria” de los términos y condiciones de las Obligaciones Negociables en la medida en
que el Ratio Mínimo de Valor no sea inferior 1,40. Como contrapartida por el Consentimiento, y sólo
para el caso de que se obtenga el Voto Favorable Requerido, la Sociedad se compromete al Compromiso
Adicional, que importará el compromiso de no distribuir dividendos durante el Período Transitorio.