eltaliban escribió:Vamos ahora a la parte mas jocosa del asunto.
Como el PARP cotiza a paridad menor los genios de la afip y la ley de renta financiera te obligan a pagar por la ganancia presunta de acuerdo al tiempo transcurrido.
En en e lcaso de parp su cotizacion al 31/12 de 380 y un valor técnico de 650 pesos
La apip te calcula el impuesto así 5% sobre los 3,60 cobrados el31/3 o sea 0.18 centavos.
Pero........te calcula que la diferencia de paridad del 85% desde 380 a 650 la tenes que prorratear en 40 periodos (20 años)
A razon de 2% semestral o sea sobre 408 el 2% es 8,16 pesos a la tas del 5% tenes que pagar o,40 adicionales.
Es joda. se paga más impuesto sobre lo presunto (o,40) que sobre lo percibido (o,18).
Imposicion semestral total 0.58
Imposicion anual 1,16
Le hice los calculos a un cliente que tiene inversiones, llamó al contador y a los pocos días vendio todo.
Por supuesto, es para equiparar los bonos bajo la par con sobre la par. Pero el problema no ese, es que estamos pagando el impuesto sobre bonos que han dado perdida fuerte. Hay que hacer las cuentas, pero me parece que conviene vender, con esa perdida neutralizar los cupones de ese y otros bonos y volver a comprar.