DarGomJUNIN escribió:“Títulos públicos en dólares pagan el 15%”. Se aplicará sobre intereses pagados y la ley prevé específicos los casos de bonos (NACIONAL o PROVINCIAL o MUNICIPAL) comprados sobre la par, para evitar que esa alícuota se aplique sobre ganancia ficticia. La única forma legal de aplicarlo, es tomar el porcentaje abonado por encima del valor nominal al comprarlo o la cotización al 31/12/2017 a opción del tenedor. 
Gracias, pero sigo sin entender.
En esta nota explican algo al respecto
https://www.infobae.com/economia/2017/1 ... n-dolares/
El impuesto a la renta financiera
tendrá en cuenta específicamente a qué precio fueron comprados los bonos para evitar que la incidencia exceda el 15% anunciado originalmente. Así lo aclararon desde el Ministerio de Hacienda a Infobae, ante la inquietud que en los últimos días había generado el anuncio del nuevo gravamen.
El inconveniente para la aplicación del impuesto surgió con los títulos públicos en dólares, que cotizan muy por encima de su valor nominal. El caso tal vez emblemático es el del
Bonar 24. Este título cotiza a USD 115 por cada 100 de valor nominal, con un rendimiento anual apenas por encima del 4% en dólares. Sin embargo, paga un cupón anual de 8,75%. Si se aplica el gravamen de 15% sobre ese pago de intereses,
el impuesto real llegaría a más de 30%, el doble de lo que propone el Gobierno.
En conclusión, el inversor deberá pagar el impuesto exclusivamente sobre ese 4% de rendimiento real y no sobre el 8,75% que corresponde al cupón.
La aplicación del impuesto a la renta financiera será sobre el monto real de las ganancias por intereses. Esto significa que no se aplicará en forma directa sobre el pago del cupón.
Desde Hacienda señalaron que esa situación está prevista y que
la aplicación del gravamen "se neteará" del capital de los títulos cuando estos se ubiquen por encima del valor nominal. "Así figura en el proyecto de ley, pero algunos salieron a escribir sin consultarnos", añadieron fuentes oficiales. Casi todos los bonos de corto y mediano plazo tienen el mismo problema: precios que superan ampliamente los USD 100 (es decir el valor nominal) y al mismo tiempo altos cupones.
Uno podría interpretar para el caso que cita el articulo que si el bono rinde 4 dólares (4%) y el 15% son 0,60 dólares, no se cobraría más que eso, pero me parece que están mezclando la cotización bursátil con el pago del cupón.
En el texto de la ley lo que decís vos y lo que dice la nota de Infobae, yo no lo encuentro.
Si vos sabes donde esta exactamente en el texto de la ley, podrías copiar y pegar el párrafo.