Z37A escribió:Aparte segun entiendo el IVA es parea productos fabricados o cercializados EN ARGENTINA, si es pro INTERNET afuera, es comercializado en exterior, no deberian... pero bue... por lo pronto sigo esperando mi tarjeta payoneer, que con todo lo que consumo yo de esta manera se paga sola y me ahorra chirolas... de paso me queda un plastico de arafue! Y como no esta legislado ni nada no pasa a ser ilegal de ninguna forma jajaja, son unos genios estos muchachos!
No, ayer lo aclare, el producto puede ser nacional o importado, el tema es que se debe consumir dentro del territorio de la nación. En el caso de estos servicios de internet, lo que importa es el lugar en el cual se consume o aprovecha el servicio. Si vos utilizas estos servicios en cuestión el aprovechamiento se realiza en el país, por lo cual la ley contempla que se cobre iva.
Netflix: En este caso, la empresa te ofrece un servicio que utilizas directamente en el país (ver "La casa de Papel" en tu cama con la bruja), por lo que el servicio está gravado y esta bien que así sea, nos guste o no.
Airbnb: En este caso, la empresa en cuestión simplemente intermedia en el alquiler temporario de propiedades. Lo único que se aprovecha en el país es el servicio de intermediación que ofrece airbnb, por lo que lo único gravable según la legislación actual es la comisión que sea que cobre esta empresa. Lo más razonable es que se obligue a esta a discriminar del precio su comisión o cargo, de manera tal de poder aplicar la alícuota a dicho monto. Que te cobren el IVA por el depto que te alquilaste en Brasil es un barrabasada que no goza del menos sustento jurídico, y el país entraría en problemas con todo el mundo por la doble tributación planteada.
Saludos!