Títulos Públicos
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- Registrado: Mié Sep 16, 2015 2:47 pm
Re: Títulos Públicos
Hola gente! Como acá hay gente que sabe mucho y, a riesgo de que me manden a c**gar, les quería hacer una consulta medio offtopic:
Estoy actualmente residiendo en el exterior, pero mantengo mi cuenta comitente con un broker en ARG la cual administro por internet. La pregunta es, si yo voy transfiriendo plata a la cuenta que tengo linkeada en pesos a la comitente, y luego el agente me pide origen de fondos, alcanza con mandar un recibo de sueldo del extranjero (hasta el momento le venía justificando con mi recibo de sueldo argento)?
Gracias!
Estoy actualmente residiendo en el exterior, pero mantengo mi cuenta comitente con un broker en ARG la cual administro por internet. La pregunta es, si yo voy transfiriendo plata a la cuenta que tengo linkeada en pesos a la comitente, y luego el agente me pide origen de fondos, alcanza con mandar un recibo de sueldo del extranjero (hasta el momento le venía justificando con mi recibo de sueldo argento)?
Gracias!
Re: conviene comprar bonos?
paisano escribió:Perdón, paisano, pero esa respuesta se contradice con tu explicación del bono en dólares.
Si para el AY24 entendemos que no está gravada la diferencia de cambio y en principio solamente aplica el impuesto sobre la diferencia por efecto del mercado, en el plazo fijo uva que en mi ejemplo puse sin intereses (porque ya sabemos que por los intereses sí va renta financiera) al vencimiento solamente hay actualización (acá no hay efecto mercado) por lo que debería no estar alcanzado este plazo fijo en particular, verdad?
A mi entender son casos diferentes.
Entre las Paginas 48 Articulo 61 y la 55, tenes los diferentes casos que describe la ley, fijate.
https://drive.google.com/file/d/1nwq7wP ... a28cE/view[/quote]
paisano, por el texto es como vos decís, al menos hasta ahora.
diferenciaría la compraventa de títulos (donde no grava la parte de la utilidad que surja de diferencia de cambio o de actualizaciones) de un plazo fijo actualizado x ejemplo x uva (donde grava al 15%, sin expresar exclusión de la actualización)
si esto es así, olvidarse de plazo fijo uva!!!
Re: RE: Re: Títulos Públicos
czekajlo escribió:
mucho aplauso pero no es una cuestion de tiempo, es para definir si conviene o no la compraventa de bonos, no para su liquidación, sí es verdad que en unos meses vamos a tener la posta pero puede ser que estemos haciendo operaciones que nos generaron perdida cuando creíamos que eran convenientes, todo por el bendito impuesto
Si tenías dudas, deberías haber salido en diciembre o antes. Y espera líquido ahora la reglamentación para saber si conviene o no invertir en que o cual cosa. Si seguís invirtiendo o querés saber lampista, lamentablemente tendrás que esperar que lo reglamente. O invertir y jugsrtela a que te salga bien.
Re: conviene comprar bonos?
czekajlo escribió:Para el caso de PF me parece que aplica esto
Perdón, paisano, pero esa respuesta se contradice con tu explicación del bono en dólares.
Si para el AY24 entendemos que no está gravada la diferencia de cambio y en principio solamente aplica el impuesto sobre la diferencia por efecto del mercado, en el plazo fijo uva que en mi ejemplo puse sin intereses (porque ya sabemos que por los intereses sí va renta financiera) al vencimiento solamente hay actualización (acá no hay efecto mercado) por lo que debería no estar alcanzado este plazo fijo en particular, verdad?[/quote]
A mi entender son casos diferentes.
Entre las Paginas 48 Articulo 61 y la 55, tenes los diferentes casos que describe la ley, fijate.
https://drive.google.com/file/d/1nwq7wP ... a28cE/view
Re: Títulos Públicos
czekajlo escribió:mucho aplauso pero no es una cuestion de tiempo, es para definir si conviene o no la compraventa de bonos, no para su liquidación, sí es verdad que en unos meses vamos a tener la posta pero puede ser que estemos haciendo operaciones que nos generaron perdida cuando creíamos que eran convenientes, todo por el bendito impuesto
Comprá PARA que vas a necesitar una buena cantidad para que empieces a pagar. Igualmente como dijo Darío esto no impide declarar quebranto en alguna operación y terminar no pagando el impuesto. Por otro lado podés inicialmente posicionarte en FCI que tengan una composición parecida al portfolio que quieras armar y en el caso que la reglamentación sea muy onerosa podés no vender las cuotapartes este año y no pagar ningún tipo de impuesto.
Re: Títulos Públicos
alfil escribió:Llame al estudio que lleva mis declaraciones de gan y bp y me dijo que cuando este reglamentada opinan.
Aprendamos...
Hubieses llamado más temprano al estudio y me ahorrabas comentar lo que había dicho Dario.

Re: Títulos Públicos
jabalina escribió:![]()
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mucho aplauso pero no es una cuestion de tiempo, es para definir si conviene o no la compraventa de bonos, no para su liquidación, sí es verdad que en unos meses vamos a tener la posta pero puede ser que estemos haciendo operaciones que nos generaron perdida cuando creíamos que eran convenientes, todo por el bendito impuesto
Re: conviene comprar bonos?
Para el caso de PF me parece que aplica esto
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Perdón, paisano, pero esa respuesta se contradice con tu explicación del bono en dólares.
Si para el AY24 entendemos que no está gravada la diferencia de cambio y en principio solamente aplica el impuesto sobre la diferencia por efecto del mercado, en el plazo fijo uva que en mi ejemplo puse sin intereses (porque ya sabemos que por los intereses sí va renta financiera) al vencimiento solamente hay actualización (acá no hay efecto mercado) por lo que debería no estar alcanzado este plazo fijo en particular, verdad?
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Perdón, paisano, pero esa respuesta se contradice con tu explicación del bono en dólares.
Si para el AY24 entendemos que no está gravada la diferencia de cambio y en principio solamente aplica el impuesto sobre la diferencia por efecto del mercado, en el plazo fijo uva que en mi ejemplo puse sin intereses (porque ya sabemos que por los intereses sí va renta financiera) al vencimiento solamente hay actualización (acá no hay efecto mercado) por lo que debería no estar alcanzado este plazo fijo en particular, verdad?
Re: Títulos Públicos
alfil escribió:Llame al estudio que lleva mis declaraciones de gan y bp y me dijo que cuando este reglamentada opinan.
Aprendamos...



Re: Títulos Públicos
paisano escribió:Hace tiempo Dario había explicado que por ser un impuesto cedular, es como bienes personales, el contribuyente debe hacer la presentación de la DDJJ y pagar.
Llame al estudio que lleva mis declaraciones de gan y bp y me dijo que cuando este reglamentada opinan.
Aprendamos...
Re: Títulos Públicos
cavaco escribió:Pero como aplica ese impuesto? te lo hacen directamente o te lo tenes que calcular vos e ir a la ventanilla y decir "hola, aca esta lo que te tengo que pagar". Si ese fuese el caso , ni me preocupa.
Adios.
Hace tiempo Dario había explicado que por ser un impuesto cedular, es como bienes personales, el contribuyente debe hacer la presentación de la DDJJ y pagar.
Re: conviene comprar bonos?
czekajlo escribió:paisano, Dan y otros buena onda, si por ejemplo hago un plazo fijo uva, sin intereses adicionales, por ejemplo invierto 10.000 y al cabo de 6 meses tengo $ 11.300, no pago nada de impuesto a la renta financiera, dado que no aplica "sobre actualizaciones o diferencias de cambio ?
Para el caso de PF me parece que aplica esto
Re: conviene comprar bonos?
czekajlo escribió:paisano, Dan y otros buena onda, si por ejemplo hago un plazo fijo uva, sin intereses adicionales, por ejemplo invierto 10.000 y al cabo de 6 meses tengo $ 11.300, no pago nada de impuesto a la renta financiera, dado que no aplica "sobre actualizaciones o diferencias de cambio ?
y cual seria el sentido de hacer un plazo fijo uva sin intereses cuando hay bancos que pagan hasta 5%?
de todos modos vas a tener que declararlo por lo cual veo poco sentido hacer un plazo fijo uva al 0%. y en ese caso entiendo que no deberias pagar nada. igual ojo que lo bancos te hacen una retencion en los pf uva por ganancias. te copio lo que me informa mi banco:
Los intereses generados por este Plazo Fijo se encuentran alcanzados por el Impuesto a las Ganancias, encontrándose el Banco obligado a retener - conforme RG 830 y modificaciones - el 3% sobre los intereses para sujetos inscriptos o 10% para no inscriptos. Cuando resultara un importe a retener inferior a NOVENTA PESOS ($ 90.-), no se realizará retención alguna
Re: conviene comprar bonos?
czekajlo escribió:paisano, Dan y otros buena onda, si por ejemplo hago un plazo fijo uva, sin intereses adicionales, por ejemplo invierto 10.000 y al cabo de 6 meses tengo $ 11.300, no pago nada de impuesto a la renta financiera, dado que no aplica "sobre actualizaciones o diferencias de cambio ?
Acá vos no tenés ninguna renta dado que lo que vos tenés son UVA´s por X cantidad.
Re: Títulos Públicos
cavaco escribió:Pero como aplica ese impuesto? te lo hacen directamente o te lo tenes que calcular vos e ir a la ventanilla y decir "hola, aca esta lo que te tengo que pagar". Si ese fuese el caso , ni me preocupa.
Adios.
Por 711, 2da categoría como lo venís declarando hasta ahora!
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