
Chumbi escribió:Si no sucede algún imprevisto, la semana que viene arranca fuerte.
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Chumbi escribió:Si no sucede algún imprevisto, la semana que viene arranca fuerte.
Chumbi escribió:Coincido por pipioste, se afanan todo, para mí es acumulación gran acumulación. Veo una suba explosiva, ésta es de arrancar y bajar con pendientes pronunciadas, 12.7 ende des Jahr -fin de año-.
fernando9248 escribió:Consulta Egis, los ADR que deberían pagar?
Gracias
egis escribió:Por el momento y bajo el sistema impositivo actual...
Acciones:
Impuesto a las Ganancias:
* Cobro de dividendos: Se establece un impuesto a los dividendos del 10% cuando estos sean distribuidos a personas físicas. Este impuesto se aplicaría en base a un sistema de retención con carácter de pago único y definitivo.
* Resultado producto de la compra/venta: Se encuentra exento[1], para acciones con oferta pública.
Impuesto sobre los Bienes Personales:
* Las personas físicas no se encuentran alcanzadas directamente debido a que las sociedades realizan la liquidación e ingreso del impuesto correspondiente al accionista bajo la figura de Responsable Sustituto, donde las compañías tienen la obligación de ingresar el tributo en nombre de quienes posean sus acciones. Con posterioridad las empresas pueden retener el tributo ingresado en nombre de su accionista sobre los dividendos a distribuir.
Impuesto al Valor Agregado (IVA):
* La compra/venta de acciones con oferta pública se encuentra exenta. Se impone exclusivamente sobre las comisiones cobradas por el ALyC.
CEDEARs
Impuesto a las Ganancias:
* Cobro de dividendos: Se encuentra gravado.
* Resultado producto de la compra/venta: Se encuentra exento.
Impuesto sobre los Bienes Personales:
* Se encuentran alcanzadas por el impuesto. Para la valuación se aplica el precio de mercado del último día hábil anterior al 31 de diciembre.
Impuesto al Valor Agregado (IVA):
* No es aplicable este concepto a acciones emitidas por sociedades extranjeras. Se impone exclusivamente sobre las comisiones cobradas por el ALyC.
kelui escribió:APBR es como TS no paga ganancias por compra/venta ni por dividendos pero si paga BBPP me parece
dr.marcos escribió:Gracias egis por clarificar algo que sabía a medias.
Queda la sensación de que lo que en verdad molesta de estos líderes «populistas» no es la corrupción, que sin dudas debe haber existido en algún nivel por lo menos, si no el hecho de tratar de hacer más llevadera la vida de los pobres.
hipotecado escribió:![]()
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Sonic escribió:Gracias Kelui !!! andaba buscando información al respecto, Sabes si APBR corre con la misma suerte ?
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