gabmartini escribió:No, hay un mínimo de rentabilidad anual no imponible que es de 52.000 pesos. Ganás más ya sea por apreciación de capital y/o renta, pagás.
(pd: fuente de Hacienda)
Si es mínimo no imponible y ganás 60.000 en el año, pagás 15% sobre 8.000. Si pagaras 15% sobre los 60.000 sería un mínimo exento los 52.000.
Si ganás $60.000 y USD10.000, cómo aplica el mínimo no imponible? Cómo los distribuis entre pesos y dólares que tienen tasas distintas?