AlanT escribió:No te dan nada a menos que lo solicites. En otro foro comentaban que solitarlo disparaba una auditoría electrónica. Veremos.
Si, lo pedi el año pasado, eso y el bloqueo fiscal.
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AlanT escribió:No te dan nada a menos que lo solicites. En otro foro comentaban que solitarlo disparaba una auditoría electrónica. Veremos.
Cristian707 escribió:Si cumplis con los requisitos se descuenta que te dan el beneficio o te avisan x e-ventanilla?
Patan escribió:También deben presentar aquellos q gozan de la exención en el impuesto por el beneficio a "contribuyentes cumplidores" que dio la ley del blanqueo. No pagan,pero presentan
Cristian5432 escribió:RG 2151 AFIP
ARTICULO 4°.- Los contribuyentes y responsables tienen la obligación de presentar las declaraciones juradas determinativas del impuesto y, en su caso, ingresar el saldo resultante, cuando exista alguna de las siguientes situaciones: a) Se encuentren inscriptos en el respectivo gravamen, aun cuando no se determine materia imponible sujeta a impuesto por el respectivo período fiscal, o b) les corresponda la liquidación del impuesto por darse los supuestos de gravabilidad que las normas establecen (4.1.) (4.2.), aun cuando no hubieran solicitado el alta con anterioridad al vencimiento fijado para cumplir con la respectiva obligación de determinación e ingreso.
Estoy de acuerdo que en el caso de estar inscripto corresponde la presentacion. Pero es falso que en caso de no estarlo y no existir impuesto determinado se deba presentar igualmente DDJJ
Patan escribió:
Si bien la DJ en tal caso no da a pagar, deberías presentar la DJ. No obstante, desde la práctica, no he visto q reclamen presentación de DJ de sujetos q no les da a pagar...
También están obligados a presentar los q están inscriptos en el impuesto, hasta que se den de baja por haber dejado de cumplir las condiciones que los hicieron estar inscriptos. Ojo q esto q parece una pavada a más de uno le han hecho caer la constancia por no presentar 3 períodos...
Moratoria escribió:Estimado Rodrigo, lamentablemente no puedo acceder a tu pedido xq expondría información confidencial.. Espero sepas comprender!
Abrazo
Cristian5432 escribió:No tenes obligacion de presentar DDJJ
Cristian5432 escribió:No tenes obligacion de presentar DDJJ
alfil escribió:El problema del ao20 y ay24 no es si se pagan o no, es la tir.
Podría subir si el entorno se complica..
rodrigocabj12 escribió:si en 2016 cobre menos de 500 brutos pero en bonos tengo mas de 500 y menos de 800 tengo q presentar la informativa?
green arrow escribió:Gracias cristian,disculpa la ultima pregunta se nota que sabes pero no me queda calro.Si yo tengo por ej 850000 en acciones locales(que estarian exentas)y nada mas,no declaro BP?
DiegoYSalir escribió:aclaro que 15.4 fue el cierre del dolar billete nacion fecha 13/4 que tomo para liquidar (segun prospeeeeeto, 5 dias habiles anteriores a la fecha de liquidacion... todo bien solo que me sorprendio lo bajo nomas...
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