Billy Ray Valentine escribió:no entendi nada
El tema es asi, primero estoy medio con bronca, mis disculpas... jajaja
Continuando...
Dijeron que en Enero pagarían las retenciones.... esto es falso a medias. Lo único que pueden pagar son las retenciones de 2014 y anteriores.
Por que?
Para poder hacer el reclamo es necesario esperar al vencimiento de la presenciaron de la DDJJ de Bienes y Ganancias de 2015, el cual vence el 30/6/2016, por lo cual el reclamo pro medio del formulario 746A(Mis aplicaciones Web) recién se podrá realizar el 1/7/2016 hasta el 31/12/2023(son 7 años de limite, aunque tengo dudas si no prescriben a los 10). Ahora, lo retenido en 2014 y 2013 si podrian devolverlo... siempre y cuando uno haya presentado las DDJJ correspondientes a 2014 y 2013.
PD: Estoy medio caliente por varias cosas, anuncian pro los medios cosas que la verdad no son tan así, mis abuelos cobran la mínima, pero como tiene pensión mínima por viudos no les toco los 400$.... mi vieja si bien trabaja tiene pensión mínima y tampoco le toco los 400$, la verdad la letra chica nunca la anunciaron a bombo y platillo como esos 400$ que ilusiono a varios(imagínate lo que cobran que esa misera de 400$ les es importante!). Y ahora leer que pagarían en Enero y que es falso a medias.... bue....